Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2020
- Notario
- GONZALO OÑATE MIRANDA
- Domicilio
- titular
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- La Serena
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad actuando en el país o en el extranjero, sea directamente por sí o a través de otras personas, y ya sea por cuenta propia o ajena, lo siguiente: a) prestar directa o indirecta todo tipo de asesorías profesionales y consultorías en materias del área de la psicología y de otras disciplinas como fonoaudiología, psicopedagogía, terapia ocupacional, derecho y otras, y la realización, implementación y desarrollo de estudios y proyectos en dichas áreas, prestar servicios de administración y gerenciamiento de empresas a terceros; b) la inversión y toda clase de actos de comercio sobre bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, derechos en sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otro tipo, se transen o no en las bolsas de comercio establecidas, formar sociedades o incorporarse en otras, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie; c) la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación y el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios; dar y tomar en arrendamiento, leasing, concesión u otra forma de tenencia de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales e incorporales, propios o ajenos, d) todas aquellas actividades relacionadas, en la actualidad o en el futuro con el giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario Público Suplente del titular, Ruben Reinoso Herrera, de la 4ta Notaría La Serena, Cordovez 405, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí, MARIA FERNANDA SALGADO MAUREIRA, chilena, soltera, psicóloga clínica, cédula de identidad y Rol único tributario número diez y siete millones veinte y dos mil ciento veinte y seis guion cinco, domiciliada en calle Araucanía 5431 depto. 207, torre 5, sector La Florida, comuna de La Serena constituyo Sociedad por acciones, NOMBRE: “GESTAR PSICOLOGIA INTEGRAL SPA”. Su nombre de fantasía será GESTAR CENTRO PSICOLOGICO INTEGRAL SPA, el cual podrá ser usado incluso ante bancos e instituciones financieras. DOMICILIO: La Serena. DURACIÓN: indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad actuando en el país o en el extranjero, sea directamente por sí o a través de otras personas, y ya sea por cuenta propia o ajena, lo siguiente: a) prestar directa o indirecta todo tipo de asesorías profesionales y consultorías en materias del área de la psicología y de otras disciplinas como fonoaudiología, psicopedagogía, terapia ocupacional, derecho y otras, y la realización, implementación y desarrollo de estudios y proyectos en dichas áreas, prestar servicios de administración y gerenciamiento de empresas a terceros; b) la inversión y toda clase de actos de comercio sobre bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, derechos en sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otro tipo, se transen o no en las bolsas de comercio establecidas, formar sociedades o incorporarse en otras, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie; c) la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación y el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios; dar y tomar en arrendamiento, leasing, concesión u otra forma de tenencia de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales e incorporales, propios o ajenos, d) todas aquellas actividades relacionadas, en la actualidad o en el futuro con el giro social. CAPITAL: $2.000.000, socios aportan siguiente forma: MARIA FERNANDA SALGADO MAUREIRA, aporta $2.000.000, pagados contado. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: MARIA FERNANDA SALGADO MAUREIRA quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar a la misma, con las más amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 24 de Julio de 2020.