EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMÁN Y LARRAÍN SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2020
- Repertorio
- 12544-2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la construcción, ejecución, edificación de cualquier tipo de obras civiles materiales inmuebles, ya sea que éstas se realicen en forma directa o a través de otras personas; a suma alzada o por administración; tales como puentes, caminos, edificios, viviendas, galpones, construcciones de proyectos de servicio público u otros de cualquier tipo; la ejecución en la misma forma recién señalada de obras de servicios, tales como: de urbanización, alcantarillado, agua potable, pavimentación, electricidad, la reparación, refacción, remodelación, reacondicionamiento, ornamentación de los bienes inmuebles antes mencionados, sea que éstos se encuentren en terrenos propios o ajenos, y se ejecuten por cuenta propia o de terceros, arriendo de bienes inmuebles; servicios de seguridad relacionados con la actividad de construcción e ingeniería, y en general, todos aquellos rubros que se relacionen directa o indirectamente con la construcción y edificación y con negocios inmobiliarios en general, todo aquello sin perjuicio de las demás actividades que los socios acuerden.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: con fecha 8 de julio de 2020, se redujo a escritura pública ante mí, Repertorio N° 12.544-2020, el Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMÁN Y LARRAÍN SpA, celebrada ante el Notario Titular, con fecha 16 de junio del mismo año, en que, por unanimidad de las acciones emitidas, según registro de accionistas que he tenido a la vista, se modificó la sociedad EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMÁN Y LARRAÍN SpA, inscrita a fojas 11.402, número 6.342 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1981. Modificación consiste en ampliar el objeto de la sociedad. En virtud de lo anterior, se modifica el artículo quinto permanente de los estatutos sociales, el cual se reemplaza por el siguiente: “Artículo Quinto. Objeto. El objeto de la Sociedad será la construcción, ejecución, edificación de cualquier tipo de obras civiles materiales inmuebles, ya sea que éstas se realicen en forma directa o a través de otras personas; a suma alzada o por administración; tales como puentes, caminos, edificios, viviendas, galpones, construcciones de proyectos de servicio público u otros de cualquier tipo; la ejecución en la misma forma recién señalada de obras de servicios, tales como: de urbanización, alcantarillado, agua potable, pavimentación, electricidad, la reparación, refacción, remodelación, reacondicionamiento, ornamentación de los bienes inmuebles antes mencionados, sea que éstos se encuentren en terrenos propios o ajenos, y se ejecuten por cuenta propia o de terceros, arriendo de bienes inmuebles; servicios de seguridad relacionados con la actividad de construcción e ingeniería, y en general, todos aquellos rubros que se relacionen directa o indirectamente con la construcción y edificación y con negocios inmobiliarios en general, todo aquello sin perjuicio de las demás actividades que los socios acuerden.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de julio de 2020.