AGROSUPER SpA
Instrumento
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Oficio
- Tercera Notaría
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, abogado, Notario Público de la Tercera Notaría, con oficio en Rancagua, calle Campos N°377, certifica: Por escritura pública de esta fecha, ante mí, AGROSUPER S.A. en su calidad de único accionista de la sociedad “Agrosuper SpA”, inscrita a fojas 65.789 N° 45.799 del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil diez, procedió a aumentar su capital social de la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, cantidad que fue íntegramente suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha, a la suma de $89.465.520, mediante la emisión de 1.045 acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que fueron emitidas por la Sociedad en el mismo acto de la escritura extractada las que deberán ser suscritas y pagadas en dinero en efectivo o en otros bienes, dentro del plazo máximo de uno año contado desde esta fecha. Para tal efecto, en el mismo acto: A. Agrosuper S.A. suscribió 62,652086 acciones las que pagó mediante la capitalización de los créditos en dinero que a esta fecha mantiene en contra de la Sociedad ascendentes a $5.303.875, según figura en los registros contables de ambas sociedades; B. Asimismo, suscribió y pagó 982,347914 acciones haciendo ingresar efectivamente en arcas sociales la suma de $83.161.645; C. De esta forma se encuentran íntegramente suscritas y pagadas las mil cuarenta y cinco acciones emitidas por la sociedad. Debido a lo anterior, se modificaron y sustituyeron los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos por los siguientes: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de ochenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos veinte pesos, dividido en dos mil cuarenta y cinco acciones nominativas de una única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo u otros bienes.”; “Primero Transitorio: El capital social ascendente a ochenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos veinte pesos, dividido en dos mil cuarenta y cinco acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga por el accionista de la siguiente forma: a) Con un millón de pesos, representados por mil acciones que han sido íntegramente suscritos y pagados por Agrosuper S.A. con anterioridad a esta fecha. b) Con ochenta y ocho millones cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos veinte pesos, representados por mil cuarenta y cinco acciones, que Agrosuper S.A. suscribe y paga en este acto, mediante la capitalización de cuentas por pagar en contra de la sociedad y en dinero en efectivo como se ha detallado previamente.”. Rancagua, 9 de julio de 2020. ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público.