CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD ODONTOLÓGICA ESTÉTICA Y RADIOLÓGICA LAJA SpA

CVE 1793511
Fecha instrumento
3 de julio de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2020
Notario
JUAN ANTONIO PUGA LOZANO
Domicilio
Comuna de Laja

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Laja, región del Bío Bío
Duración
duración será 2 años renovables por períodos iguales, automáticos y sucesivos, a menos que uno cualquiera, de los accionistas o socios solicite su terminación, la que deberá comunicar al resto de los accionistas mediante una carta certificada enviada al domicilio de cada uno de ellos, con una antelación no inferior a los noventa días previos a la expiración de la vigencia o de sus respectivas prórrogas

Objeto social

La prestación de servicios odontológicos en general, por cuenta propia o de terceros; la comercialización, distribución, importación, exportación y compraventa de todo tipo de insumos, materias primas u otros bienes relacionados con el objeto principal; la prestación de servicios de laboratorio dental a profesionales, particulares, instituciones de salud u otros. Servicios de estética facial, dental, radiología. Asimismo será parte del objeto de la sociedad la importación de equipos, insumos e instrumental odontológico; y, en general la realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida.-ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada por DON GUILLERMO ANTONIO ZURITA SAN MARTÍN y a don DANIEL ALBERTO PEZO CAMPOS, quienes de manera conjunta administrarán y representarán a la sociedad con las facultades establecidas en el Artículo Octavo de este Estatuto

Administración

La sociedad será administrada y representada por DON GUILLERMO ANTONIO ZURITA SAN MARTÍN y a don DANIEL ALBERTO PEZO CAMPOS, quienes de manera conjunta administrarán y representarán a la sociedad con las facultades establecidas en el Artículo Octavo de este Estatuto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO PUGA LOZANO, Notario Público de la Comuna de Laja, certifica: Por escritura pública, ante mí, de fecha 03 de Julio de 2020, don GUILLERMO ANTONIO ZURITA SAN MARTÍN, el que declara ser chileno, cirujano dentista, soltero, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos quince mil doscientos sesenta y tres guión siete, domiciliado en José Manso de Velasco doscientos veintiuno, comuna de Los ángeles, de paso en ésta;, y don DANIEL ALBERTO PEZO CAMPOS, cédula nacional de identidad dieciocho millones cuatrocientos veinte mil trescientos cuarenta y seis guión cuatro, domiciliado en Balmaceda cuatrocientos setenta, comuna de San Rosendo, de paso en esta comuna,constituyeron una sociedad por acciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD ODONTOLÓGICA ESTÉTICA Y RADIOLÓGICA LAJA SpA”. Nombre de fantasía "ODONTOESTÉTICA LAJA”.- OBJETO: La prestación de servicios odontológicos en general, por cuenta propia o de terceros; la comercialización, distribución, importación, exportación y compraventa de todo tipo de insumos, materias primas u otros bienes relacionados con el objeto principal; la prestación de servicios de laboratorio dental a profesionales, particulares, instituciones de salud u otros. Servicios de estética facial, dental, radiología. Asimismo será parte del objeto de la sociedad la importación de equipos, insumos e instrumental odontológico; y, en general la realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida.-ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada por DON GUILLERMO ANTONIO ZURITA SAN MARTÍN y a don DANIEL ALBERTO PEZO CAMPOS, quienes de manera conjunta administrarán y representarán a la sociedad con las facultades establecidas en el Artículo Octavo de este Estatuto. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de 2 MILLONES DE PESOS, divididos en dos mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.- DURACIÓN: duración será 2 años renovables por períodos iguales, automáticos y sucesivos, a menos que uno cualquiera, de los accionistas o socios solicite su terminación, la que deberá comunicar al resto de los accionistas mediante una carta certificada enviada al domicilio de cada uno de ellos, con una antelación no inferior a los noventa días previos a la expiración de la vigencia o de sus respectivas prórrogas. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Laja, región del Bío Bío, sin perjuicio de poder establecer agencias y/o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Laja, 29 julio de 2020.