MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Protección y Seguridad S.A.

RUT 96892490-7 CVE 1793788
Fecha instrumento
15 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2020
Notario
María Virginia Wielandt Covarrubias
Oficio
Titular de la Quinta Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría Santiago, don Patricio Raby Benavente, con oficio en Gertrudis Echenique Nº 30, Oficina 32, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que con fecha 21 de Julio de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de Protección y Seguridad S.A., en adelante la “Sociedad”, celebrada con fecha 15 de julio de 2020, a la cual asistió la totalidad de los accionistas de la Sociedad. En la referida Junta se acordó: 1) Modificar el nombre o razón social de la Sociedad a “Administración y Servicios Generales LQ S.A.”, para lo cual se reemplazó el Artículo Primero del estatuto por el siguiente: “Artículo Primero: Se constituye una Sociedad Anónima Cerrada denominada Administración y Servicios Generales LQ S.A., cuyo domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales, con acuerdo del Directorio, en otras ciudades del país o del extranjero.”. 2) Modificar el objeto de la Sociedad, para lo cual se reemplazó el Artículo Tercero del estatuto por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la Sociedad será /a/ la prestación de servicio de transporte de bienes y personas, ya sea en vehículos propios o ajenos; /b/ la prestación de servicios generales y personales en casas y departamentos particulares, oficinas, empresas, industrias, tales como conserjería, mayordomo, limpieza e higiene, jardinería, mantenimiento general, entre otros; c) la administración de recursos humanos para el desarrollo de los giros antes indicados, así como el control de gestión y del funcionamiento de dichas actividades; d) el control de la mantención del funcionamiento constante de servicios básicos esenciales en los lugares descritos en el literal /b/ anterior; /e/ la prestación de servicios de correo y distribución de envíos de correspondencia y paquetería nacional e internacional; y, /f/ en general, cualquier otro relacionado a los objetos indicados, así como la celebración de toda clase de actos y contratos relacionados con los objetos señalados; pudiendo ejecutar todos los actos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento de dichos fines.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de julio de 2020. María Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Público Suplente.-