CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL NEHUEN SpA

RUT 9295783-7 CVE 1793573
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de julio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de julio de 2020
Notario
Álvaro Zambrano Alarcón
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
Temuco
Duración
Indefinida

Objeto social

(i) Comercialización de Frutas y Verduras al por mayor y menos; y (ii) Comercialización de materiales de construcción al por mayor y menor

Administración

don RENÉ ALBERTO CID SALGADO, se designa a él mismo en calidad de Administrador de la sociedad, quien estará investido de todas las facultades y poderes señalados en escritura extractada, y las demás que le correspondan en conformidad a la ley

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro Zambrano Alarcón, Abogado, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Héctor Efraín Basualto Bustamante, Antonio Varas N°854, Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, RENÉ ALBERTO CID SALGADO, empresario, C.Id.9.295.783-7, domiciliado en la ciudad de Temuco, calle Los Creadores N°0185, constituyó Sociedad por Acciones: Nombre: COMERCIAL NEHUEN SPA. Domicilio: Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto social: (i) Comercialización de Frutas y Verduras al por mayor y menos; y (ii) Comercialización de materiales de construcción al por mayor y menor. Duración: Indefinida. Capital: $50.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, misma serie, y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: A) con la suma de $20.000.000, que don RENÉ ALBERTO CID SALGADO suscribe y paga en este acto al contado y en dinero efectivo. B) con la suma de $30.000.000, que don RENE ALBERTO CID SALGADO se obliga a suscribir y pagar en el plazo de un año contado desde la fecha de la presente constitución. Administración: don RENÉ ALBERTO CID SALGADO, se designa a él mismo en calidad de Administrador de la sociedad, quien estará investido de todas las facultades y poderes señalados en escritura extractada, y las demás que le correspondan en conformidad a la ley. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Temuco, 27 Julio 2020.