AGRÍCOLA CALCURRUPE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.320.001.968 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 14 de julio de 2020, ante mí, don PATRICIO ÁBALOS LABBÉ, por sí y en representación de la sociedad BOCH SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Sur número 100, piso 17, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modificó la sociedad “AGRÍCOLA CALCURRUPE LIMITADA” inscrita a fojas 44.481, número 24.377 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016. La modificación consistió en la resciliación de la división y modificación de sociedad acordada por escritura pública de fecha 21 de enero de 2020, otorgada en la Octava Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuyo extracto se inscribió a fojas 18.832, número 9.445 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020. Como consecuencia de la resciliación de la división y modificación de sociedad señalada: A) se modifica la razón social de la sociedad, reemplazándose el artículo Primero de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Primero: La razón o firma social de la sociedad es Inmobiliaria Prime Calcurrupe Limitada, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión Prime Calcurrupe Ltda., con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra”; B) se modifica el objeto de la sociedad, reemplazándose el artículo Segundo de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad consistirá en efectuar inversiones en bienes raíces agrícolas y urbanos, darlos y tomarlos en arriendo y explotarlos directamente, participar en otras empresas en calidad de socio o accionista, efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias incluyendo la actividad de la construcción dentro de ellas y realizar cualquier otra actividad relacionada con las anteriores”; C) se modifica el capital social, reemplazándose el artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.320.001.968, que ha sido aportado por los socios en los siguientes montos: i) don Patricio Ábalos Labbé, con la suma de $1.318.681.966, equivalente a un 99,90% de los derechos sociales y; ii) Boch SpA, con la suma de $1.320.002, equivalente a un 0,10% de los derechos sociales; el cual, a la fecha, se encuentra íntegramente pagado”; y D) se disuelven las siguientes sociedades que nacen como consecuencia de la división resciliada: i) “Agrícola Calcurrupe Dos Limitada”, cuyo extracto se inscribió a fojas 18.887, número 9.469 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020; ii) “Agrícola Calcurrupe Tres Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 18.973, número 9.494 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020, iii) “Agrícola Calcurrupe Cuatro Limitada”, cuyo extracto se inscribió a fojas 18.977, número 9.495 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020; iv) “Agrícola Calcurrupe Cinco Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 18.982, número 9.496 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020; y v) “Agrícola Calcurrupe Seis Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 18.987, número 9.497 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 21 de julio de 2020.