Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2020
- Repertorio
- 13967-2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de julio de 2020, ante mí, repertorio N° 13.967-2020, don Gonzalo Patricio Ahumada Carvajal y doña Claudia Tello Andrade, vinieron en constituir sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “WOW LOVETIME SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La compra, venta, importación, exportación, distribución, elaboración, preparación, fabricación, comisión, consignación, representación y comercialización en todas sus formas de toda clase de alimentos para toda clase de animales o mascotas en general, preparados o no, elaborados o semielaborados, todo esto por cuenta propia o ajena, en locales propios o ajenos; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la construcción, explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; Tres) La importación, exportación, fabricación, construcción, mantención, reparación, instalación, transporte, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, toda clase o categoría de productos y mercaderías; y, Cuatro) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital social asciende a la suma de $10.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, que los accionistas suscriben, pagan y pagarán de la siguiente forma: Uno) Don Gonzalo Patricio Ahumada Carvajal, suscribe la cantidad de 500 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $100.000, equivalente a 10 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $4.900.000, equivalentes a 490 acciones, que se pagarán en el plazo de 5 años contados desde la fecha del presente instrumento; y, Dos) Doña Claudia Tello Andrade, suscribe la cantidad de 500 acciones, las cuales se pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Con la suma de $100.000, equivalente a 10 acciones, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) Con la suma de $4.900.000, equivalentes a 490 acciones, que se pagarán en el plazo de 5 años contados desde la fecha del presente instrumento. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de julio de 2020.