Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2020
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Ovalle
- Duración
- Diez años contar esta fecha, renovables periodos de cinco años
Objeto social
El objeto o giro de la Sociedad, será el que se indica a continuación, sin que la siguiente enunciación importe limitación alguna al giro de la misma: A.- el diseño, elaboración, fabricación, distribución, venta y comercialización de pan, abarcando el rubro de pastelería, productos o artículos derivados; y, todo lo relacionado de cualquiera manera, ahora y en el futuro, con todo lo anterior; b)rotisería en general, explotación al por mayor y)o al por menor de abarrotes en general y expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y todo aquello que sea dable vender a través de minimarket o supermarket; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y, d) en general, la ejecución de todo tipo de negocios, actos de comercio, contratos, asesorías y servicios relacionados con los objetos de la sociedad y que digan relación directa o indirecta con los fines sociales. Para el cumplimiento de sus objetivos podrá crear, promover, financiar, adquirir y administrar cualquier clase de negocios, empresas o sociedades, tomando interés en ellas, incluso en el caso de tratarse de cooperativas, asociaciones, sociedades de hecho, joint ventures o comunidades. En general, la sociedad podrá llevar a cabo todos los actos, contratos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con los fines ya expresados y todo lo que esté relacionado, de cualquiera manera, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a SONIA DEL CARMEN PONCE ARAYA,
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, Notario Suplente del Notario Titular don REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, según Decreto Judicial del Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo, el cual quedó protocolizado al final del presente registro bajo el número cuatrocientos nueve, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con esta fecha, doña SONIA DEL CARMEN PONCE ARAYA, chilena, casada bajo el régimen de separación de bienes, factor de comercio, cédula de identidad N° 7.380.031-5, domiciliada en Micaela Godoy de Julia N° 71 comuna y región de Coquimbo, constituyó sociedad por acciones: NOMBRE: “PANADERIA M&P S.p.A", nombre de fantasía “M&P S.p.A.”. DOMICILIO: Ciudad de Ovalle, sin perjuicio agencias resto país o extranjero. OBJETO: El objeto o giro de la Sociedad, será el que se indica a continuación, sin que la siguiente enunciación importe limitación alguna al giro de la misma: A.- el diseño, elaboración, fabricación, distribución, venta y comercialización de pan, abarcando el rubro de pastelería, productos o artículos derivados; y, todo lo relacionado de cualquiera manera, ahora y en el futuro, con todo lo anterior; b)rotisería en general, explotación al por mayor y/o al por menor de abarrotes en general y expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y todo aquello que sea dable vender a través de minimarket o supermarket; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y, d) en general, la ejecución de todo tipo de negocios, actos de comercio, contratos, asesorías y servicios relacionados con los objetos de la sociedad y que digan relación directa o indirecta con los fines sociales. Para el cumplimiento de sus objetivos podrá crear, promover, financiar, adquirir y administrar cualquier clase de negocios, empresas o sociedades, tomando interés en ellas, incluso en el caso de tratarse de cooperativas, asociaciones, sociedades de hecho, joint ventures o comunidades. En general, la sociedad podrá llevar a cabo todos los actos, contratos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con los fines ya expresados y todo lo que esté relacionado, de cualquiera manera, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior. DURACIÓN: Diez años contar esta fecha, renovables periodos de cinco años. CAPITAL: $5.000.000 dividido en 50 acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que suscribe y paga SONIA DEL CARMEN PONCE ARAYA, en dinero efectivo, ingresado a caja social. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a SONIA DEL CARMEN PONCE ARAYA, demás estipulaciones constan escritura extractada. Coquimbo, a 29 de julio de 2020.