Centralservicing SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2020
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto a) el desarrollo de proyectos y prestación de servicios, por medio de personal en terreno apoyado por cualquier tipo de tecnología, maquinaria o herramientas aplicadas al control operacional de empresas productivas o de servicios; b) Servicios profesionales de gestión de recursos humanos, de finanzas, contabilidad, control de gestión y de administración; c) Transporte terrestre de pasajeros, público, privado y turismo, en cualquier parte del territorio de la república como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículos, sean propios o ajenos; d) La prestación de servicios de control y organización de servicios de transporte público o privado de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades; e) Adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, títulos, valores y efectos de comercio o derechos en los mismos, o derechos en sociedades de cualquier tipo; f) disponer de estos bienes y derechos; explotarlos, usarlos y gozarlos; g) administrar toda clase de empresas y sociedades y, en general, efectuar todos los actos y celebrar todos los contratos que la sociedad estime pertinente, ligados o no a los objetivos indicados. Para el cumplimiento de su objeto; la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. En lo no modificado se mantiene vigente estatuto social. Santiago, 15 de julio 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, Comuna Santiago certifica: por escritura pública de fecha 14 de Julio de 2020, ante mí, GPS International of Panamá (Chile) S.A. rut Nº59.157.830-8, y Staton Place Limited S.A. rut 59.194.090-2, únicos y actuales accionistas según Registro de Accionista que se tiene a la vista, modificó sociedad por acciones CENTRALSERVICING SpA. rut 76.254.469-5, capital social: $4.500.000.- constituida escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2012 Notaría Santiago Eduardo Avello Concha e inscrita a fojas 81.562 Nº56.919 en el Registro de Comercio Santiago del año 2012, sentido de modificar el objeto social, ampliándolo, en el siguiente sentido: Artículo Cuarto. Objeto: La sociedad tendrá por objeto a) el desarrollo de proyectos y prestación de servicios, por medio de personal en terreno apoyado por cualquier tipo de tecnología, maquinaria o herramientas aplicadas al control operacional de empresas productivas o de servicios; b) Servicios profesionales de gestión de recursos humanos, de finanzas, contabilidad, control de gestión y de administración; c) Transporte terrestre de pasajeros, público, privado y turismo, en cualquier parte del territorio de la república como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículos, sean propios o ajenos; d) La prestación de servicios de control y organización de servicios de transporte público o privado de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades; e) Adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, títulos, valores y efectos de comercio o derechos en los mismos, o derechos en sociedades de cualquier tipo; f) disponer de estos bienes y derechos; explotarlos, usarlos y gozarlos; g) administrar toda clase de empresas y sociedades y, en general, efectuar todos los actos y celebrar todos los contratos que la sociedad estime pertinente, ligados o no a los objetivos indicados. Para el cumplimiento de su objeto; la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. En lo no modificado se mantiene vigente estatuto social. Santiago, 15 de julio 2020.