Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2020
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A.- La prestación de servicios por la vía de consultas ambulatorias en la especialidad de pediatría; B.- El establecimiento y explotación de clínicas de salud y consultas médicas de todo tipo; C.- Inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones de sociedades, civiles, comerciales, mineras y de cualquier naturaleza o en derechos en sociedades de personas, bonos, valores de inversión de renta fija o variable, sea por cuenta propia o ajena, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. El giro se podrá desarrollar directamente o en sociedades, consorcios u otras formas jurídicas en que participe; D.- En general, la prestación de servicios y atención profesional relacionada con la medicina, y cualquier otra actividad que diga relación o no con las actividades anteriores que la o los accionistas determinen. 5
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público titular de 27° Notaria de Santiago, con domicilio en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de Julio de 2020, ante mí: doña JAVIERA PAZ LAGAS VERA, chilena, Médico pediatra, soltera, cédula de identidad 16.100.707-2, con domicilio en Santo Apóstoles 2234, Las Condes, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones. 1.- Razón social: “TOFO MED SpA”. 2.- Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, o representaciones, tanto en el país como en el extranjero. 3.- Duración: Indefinida. 4.- Objeto: A.- La prestación de servicios por la vía de consultas ambulatorias en la especialidad de pediatría; B.- El establecimiento y explotación de clínicas de salud y consultas médicas de todo tipo; C.- Inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones de sociedades, civiles, comerciales, mineras y de cualquier naturaleza o en derechos en sociedades de personas, bonos, valores de inversión de renta fija o variable, sea por cuenta propia o ajena, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. El giro se podrá desarrollar directamente o en sociedades, consorcios u otras formas jurídicas en que participe; D.- En general, la prestación de servicios y atención profesional relacionada con la medicina, y cualquier otra actividad que diga relación o no con las actividades anteriores que la o los accionistas determinen. 5.- Capital: $1.000.000.-, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que suscribe y paga la accionista fundadora. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 julio de 2020.