SOCIEDAD COMERCIAL CALQUIN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2020
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANGEL GONZALEZ PEREZ, Notario Interino de las comunas de Peumo y Las Cabras, domiciliado Vicuña Mackenna Nº 80, certifico: Por escritura hoy ante mí, CARLOS ANTONIO CALQUÍN OLIVARES,domicilio en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, Villa Jardines de Don Pietro, Pasaje Doña Javiera número cero doscientos sesenta y ocho, y don PEDRO FERNANDO CALQUIN BARRIENTOS, domiciliado en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, sector La Estacada de Zúñiga, Fundo Santa Ana s, en representación de SOCIEDAD COMERCIAL CALQUIN LIMITADA; en representación de “ SOCIEDAD COMERCIAL CALQUÍN LIMITADA", O COMERCIAL CALQUÍN LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta mil trescientos cincuenta y seis guion dos, que se constituyó por escritura pública de fecha siete de noviembre de dos mil dieciséis, ante el Notario de la ciudad de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, llevando el repertorio número siete mil ochocientos seis guion dos mil dieciséis, e inscrita en extracto a fojas ciento treinta, número noventa y uno, del Registro de Comercio de San Vicente de Tagua Tagua, del año dos mil dieciséis y publicada en el Diario Oficial de fecha once de noviembre de dos mil dieciséis. Por el presente acto, don PEDRO FERNANDO CALQUIN BARRIENTOS, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al cincuenta por ciento del interés social, a don CARLOS ANTONIO CALQUÍN OLIVARES, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de $$3.000.000.- (Tres Millones de Pesos ), que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Todas las partes renuncian a toda condición resolutoria emanada del presente contrato. En virtud de lo anterior, se retira como socio de la Sociedad Comercial Calquín Limitada don PEDRO FERNANDO CALQUIN BARRIENTOS, quedando como único socio de esta don CARLOS ANTONIO CALQUÍN OLIVARES; quien por el presente acto e instrumento, acuerda transformar al quedar como único socio de la "Sociedad Comercial Calquín Limitada “ en una empresa individual de responsabilidad limitada, - EIRL - de aquellas contempladas y normadas de conformidad con las prescripciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, de fecha once de febrero del año dos mil tres, teniendo además presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio, que versan sobre esta materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato, manteniendo su Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta mil trescientos cincuenta y seis guion dos. La razón social de la empresa individual de responsabilidad limitada será: “Sociedad Comercial Carlos Calquín E.I.R.L.". Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar para todos los efectos legales, inclusive ante los Bancos, entidades financieras, Servicio de Impuestos Internos, Municipalidades, y ante toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, personas naturales y jurídicas, con el nombre de fantasía de "Carlos Calquín E.I.R.L."; El objeto de la sociedad será; Explotación de locales comerciales de tipo almacenes medianos, Minimarcket y tiendas de conveniencia; compra y venta de alimentos y comida al paso, abarrotes, cigarrillos y bebidas alcohólicas; b) La explotación, por cuenta propia o ajena, en todas sus formas, de garajes, y servicios para el mantenimiento y reparación de vehículos automotores, incluidos expresamente la compra, venta, comercialización, distribución, importación y consignación de lubricantes y aditivos para toda clase de vehículos motorizados; de partes, piezas, accesorios y repuestos de vehículos; y c) En general, la realización de cualquier acto relacionado directa o indirectamente con las actividades señaladas y demás anexas. La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá a don CARLOS ANTONIO CALQUÍN OLIVARES, quien actuando por la empresa y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos; El capital social es la suma de cuatro millones de pesos, que se ingresan al patrimonio de la empresa en este acto y en dinero efectivo; Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular o constituyente separado del patrimonio de la empresa, una vez que se hubieren retirado y no habrá acción contra ellas por las obligaciones de la empresa; El empresario individual tendrá derecho a retirar, a cuenta de utilidades, las cantidades que estime necesarias, sin perjuicio de lo establecido en la propia Ley; El empresario individual limita su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de su respectivo aporte;El empresario individual y en representación de la empresa practicará balance general e inventario el día treinta y uno de diciembre de cada año; La empresa empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración indefinida; La liquidación de la empresa y la adjudicación de sus utilidades las hará el titular o constituyente; La empresa tendrá como domicilio la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Capital: $4.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Peumo, 12 de Junio de 2020.-