COMERCIAL E INVERSIONES ROCURA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2020
- Repertorio
- 2871-2020
- Notario
- CARMEN PODLECH MICHAUD
- Domicilio
- Valdivia
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Administración
Se modificó el artículo séptimo de los estatutos, a efectos de entregar la administración de la Sociedad y el uso de la razón social a los socios Pablo Antonio Schuler Feliú y Javier Andrés Schuler Feliú, quienes actuando conjunta o separada e indistintamente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARMEN PODLECH MICHAUD, Notario Público Titular de Valdivia, con domicilio en San Carlos 159, local 3, certifico que: por escritura pública de fecha 20 de julio de 2020, otorgada ante mí, bajo repertorio N° 2871-2020, Javier Andrés Schuler Feliú, cédula nacional de identidad número 10.312.616-9, por sí y en representación de don Justo Enrique Schuler Boeckemeyer, cédula nacional de identidad número 4.958.566-7, y don Pablo Antonio Schuler Feliú, cédula nacional de identidad número 13.519.584-7, todos domiciliados para estos efectos en Los Manzanos 280, Valdivia, en su calidad de únicos socios de COMERCIAL E INVERSIONES ROCURA LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.593.810-2, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas a fojas 138 vuelta, número 96 del Registro de Comercio de Valdivia correspondiente al año 2001, acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en las siguientes materias: I) Capital: aumentando el capital de la Sociedad desde la cantidad de $50.000.000 a la cantidad de $150.000.000. El referido aumento de capital asciende a la suma de $100.000.000, el cual fue pagado íntegramente, y por partes iguales, por los socios Javier Andrés Schuler Feliú y Pablo Antonio Schuler Feliú. Como consecuencia de lo anterior, los socios acordaron reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de ciento cincuenta millones de pesos, que los socios han aportado de la siguiente forma: a) Pablo Antonio Schuler Feliú, ha aportado la cantidad de sesenta millones de pesos, íntegramente pagados, correspondientes aproximadamente al cuarenta por ciento del capital social; b) Javier Andrés Schuler Feliú, ha aportado la cantidad de sesenta millones de pesos, íntegramente pagados, correspondientes aproximadamente al cuarenta por ciento del capital social; y c) Justo Enrique Schuler Boeckemeyer, ha aportado la cantidad de treinta millones de pesos, íntegramente pagados, correspondientes aproximadamente al veinte por ciento del capital social”; y II) Administración: Se modificó el artículo séptimo de los estatutos, a efectos de entregar la administración de la Sociedad y el uso de la razón social a los socios Pablo Antonio Schuler Feliú y Javier Andrés Schuler Feliú, quienes actuando conjunta o separada e indistintamente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Valdivia, 28 Julio 2020.