SOCIEDAD COMERCIAL BIO BIO AUTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2020
- Repertorio
- 1389/2020
- Notario
- CARLOS ALEJANDRO FUENTES CACERES
- Domicilio
- Angol
Sociedad
- Capital
- $6.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALEJANDRO FUENTES CACERES, Notario Público Angol, oficio Arturo Prat Nº 155 ANGOL, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 21 de Julio de 2020, Repertorio N°1389/2020, suscrita ante mí, CECILIA BEATRIZ RODRIGUEZ NEIRA, comerciante, C.I.N°10.070.9090, domicilio en José Luis Osorio N°0364, Angol, MARIO ALIRO BOLIVAR VEJAR, divorciado, empleado, C.I.N°11.582.7715, domicilio calle Los Confines N°31 – B, Angol y, HECTOR AMANCIO RODRIGUEZ NEIRA factor de comercio, C.I.N°10.985.2295, domicilio Los Confines N°91 Angol, suscribieron cesión derechos sociales y modificación pacto social "SOCIEDAD COMERCIAL BIO BIO AUTOS LIMITADA,” RUT N°78.656.9206, inscrita Registro Comercio Angol a fojas 24 N°22, año 1995 Conservador Bienes Raíces Angol, capital $6.500.000. modificada por escritura pública de 23 de Mayo de 2000 otorgada ante Notario Público Angol Jorge Elías Tadres Hales. CESION DE DERECHOS SOCIALES: socia CECILIA BEATRIZ RODRIGUEZ NEIRA vende, cede y transfiere todos sus derechos, intereses, facultades, obligaciones y deberes que le corresponden en SOCIEDAD COMERCIAL BIO BIO AUTOS LIMITADA a MARIO ALIRO BOLIVAR VEJAR quien acepta y adquiere para sí todos los derechos, intereses, facultades, obligaciones y deberes que a aquella le corresponden en la sociedad referida. Precio cesión suma de cinco millones de pesos que MARIO ALIRO BOLIVAR VEJAR paga a CECILIA BEATRIZ RODRIGUEZ NEIRA en dicho acto de contado, quedando precio pagado en totalidad. Consta aceptación socio HECTOR AMANCIO RODRIGUEZ NEIRA. En mismo acto los actuales y únicos socios de la SOCIEDAD COMERCIAL BIO BIO AUTOS LIMITADA, don HECTOR AMANCIO RODRIGUEZ NEIRA y don MARIO ALIRO BOLIVAR VEJAR, modificaron la cláusula octava del contrato social de 17 de julio de 1995, modificada por la escritura de 23 de Mayo de 2000 en sentido que administración de sociedad y uso firma y/o razón social corresponderá exclusivamente al socio HECTOR AMANCIO RODRIGUEZ NEIRA, con las demás facultades señaladas cláusula octava ya citada, sin restricción alguna, incluyendo la de enajenar bienes inmuebles de la sociedad y todo cualquier otro activo social. En lo no modificado, continúan vigentes restantes estipulaciones pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Angol, 21 de julio de 2020.