RODRIGO JAVIER PEZO TRONCOSO ASESORÍA Y CONSULTORÍA PROFESIONAL E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2020
- Notario
- PABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO
- Oficio
- 9 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- "RPT ASESORÍA Y CONSULTORÍA E.I.R.L."
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la empresa es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La realización de consultorías y asesorías profesionales. Lo anterior comprende los siguientes rubros específicos: a) Consultorías y asesorías en todas las áreas de la ingeniería; b) Consultorías y asesorías en gestión; c) Consultorías y asesorías en organización; d) Consultorías y asesorías en planificación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular 9 Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entre piso, certifica: Por escritura pública 17 de julio de 2020, ante mí notario suplente don Fouad Farah Salazar, el compareciente, don RODRIGO JAVIER PEZO TRONCOSO, chileno, casado y separado de bienes, de 49 años de edad, ingeniero forestal, domiciliado en calle Cerro Litoria N°12199, Las Condes, Santiago, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada. NOMBRE: "RODRIGO JAVIER PEZO TRONCOSO ASESORÍA Y CONSULTORÍA PROFESIONAL E.I.R.L.". Nombre de fantasía: "RPT ASESORÍA Y CONSULTORÍA E.I.R.L.".- OBJETO: La realización de consultorías y asesorías profesionales. Lo anterior comprende los siguientes rubros específicos: a) Consultorías y asesorías en todas las áreas de la ingeniería; b) Consultorías y asesorías en gestión; c) Consultorías y asesorías en organización; d) Consultorías y asesorías en planificación.- DOMICILIO: El domicilio de la empresa es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que estime conveniente abrir en otros puntos del país o en el extranjero.- CAPITAL: $1.000.000, que el constituyente aporta en este acto al contado y en dinero efectivo.- REPRESENTACIÓN: La representación judicial y extrajudicial de la empresa la ejercerá en forma exclusiva el compareciente con las más amplias facultades, sin perjuicio de aquellas que se mencionan en la escritura que se extracta.- DURACIÓN: La duración de la empresa es indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada.