MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

OYARZÚN Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 77062420-7 CVE 1791424
Fecha instrumento
15 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2020
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 15 de julio de 2020, ante mí, Daniel Platovsky Turek, en representación de Inversiones y Asesorías Delsur Limitada, ambos domiciliados en Avenida La Dehesa 1.201, Oficina 703, Torre Norte, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don Diego Vera Santa María, domiciliado en Avenida Kennedy 6.800, torre B, oficina 813, comuna de Vitacura, Santiago, en representación de don Franco Hugo Desenzani Oyarzún, domiciliado actualmente en la ciudad de Lima, Perú; de doña Victoria Szydlowski Oyarzún, domiciliada en Avenida Francisco Bilbao 2.970, comuna de Providencia, Santiago; de doña Teresa Desenzani Oyarzún, domiciliada en Avenida Borgoño 19.300, departamento 65, comuna de Concón, Región de Valparaíso; y de doña Pilar Gloria de Lourdes Oyarzún González, domiciliada en Camino a Tapihue S/N, km. 77, Ruta 68, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “OYARZÚN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 21.844, N°17.517 v. en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997, acordaron lo siguiente: (i) Reemplazar la actual razón social "Oryazún y Compañía Limitada" por "Oryazún y Compañía Limitada, en Liquidación", pudiendo usarse, incluso ante los bancos, la sigla "Oyarzún y Compañía Ltda. en liquidación"; (ii) Inversiones y Asesorías Delsur Limitada vende, cede y transfiere en partes iguales a doña Victoria Szydlowski Oyarzún, don Franco Hugo Desenzani Oyarzún, y doña Teresa Desenzani Oyarzún, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden, los cuales corresponden al 15% del capital social, en el precio y forma que se indica en la escritura extractada. En lo no modificado se mantiene el pacto social original. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2020.