Inversiones Montemar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- 20 años contados desde fecha de escritura extractada, plazo se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Fallecimiento de socio no pondrá fin a sociedad la que continuará en forma prescrita en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Objeto social
i) la realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y)o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y, ii) el financiamiento de sociedades constituidas en el exterior
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de julio de 2020, María de la Luz Quezada Boetsch, domicilio Camino Turístico 11316, Lo Barnechea, Armando Francisco Quezada Boetsch, domicilio Camino Turístico 11328, Lo Barnechea, Pablo Andrés Quezada Boetsch, domicilio Santa Blanca 1350, Lo Barnechea, Juan José Quezada Boetsch, domicilio Santa Blanca 563, Lo Barnechea, María Jesús Quezada Boetsch, domicilio Alto de Nogales 179, Machalí, Ángela Quezada Boetsch, domicilio Av. Lomas de Montemar 800, casa 44, Concón, y Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, domicilio Walter Scott 1365, Vitacura, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “Inversiones Montemar Limitada”. Objeto: i) la realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y, ii) el financiamiento de sociedades constituidas en el exterior. Capital: 70.000 dólares de los Estados Unidos de América, aportado en la siguiente forma y proporción: a) María de la Luz Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; b) Armando Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; c) Pablo Andrés Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; d) Juan José Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; e) María Jesús Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; f) Ángela Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; y g) Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; Administración y uso razón social: Corresponderá a Armando Francisco Quezada Boetsch, María de la Luz Quezada Boetsch, Pablo Andrés Quezada Boetsch, Juan José Quezada Boetsch, María Jesús Quezada Boetsch, Ángela Quezada Boetsch y Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, con amplias facultades. Duración: 20 años contados desde fecha de escritura extractada, plazo se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Fallecimiento de socio no pondrá fin a sociedad la que continuará en forma prescrita en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de julio de 2020.