INTERCOM SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2020
- Repertorio
- 5587-2019
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles, Caupolicán 355, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública, Rep. 2527-2020, hoy ante mí: JUAN CARLOS CIFUENTES CANALES, chileno, abogado, casado, cedula de identidad 6.183.069-3, Almagro 250 of. 502, Los Ángeles, expresamente facultado, saneo escritura de modificación de la sociedad por acciones denominada INTERCOM SpA, la que fuera constituida mediante escritura pública de fecha 14 de Diciembre del 2015, otorgada en Notaria Selim Parra Fuentealba, ante Interino Luis Ernesto Blanco Medina, por fallecimiento del titular nombrado. Sociedad inscrita en Registro de Comercio de Los Angeles a fojas mil ciento noventa número setecientos veintidós del año dos mil quince y extracto publicado en diario oficial del veintidós de Diciembre del mismo año. Modificada mediante escritura pública del 22 de noviembre del 2019, Repertorio 5.587-2019, otorgada ante la Notario Público de Los Ángeles, doña Jessica Lorena Aguilera Tapia, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, en la cual, don O´BRIAN DAVIS MADARIAGA CASTILLO, y don MANUEL PATRICIO ESCOBAR GONZALEZ, modificaron la sociedad. Modificación consistió en que don O´BRIAN DAVIS MADARIAGA CASTILLO, vendió, cedió y transfirió a don MANUEL PATRICIO ESCOBAR GONZALEZ, la totalidad de las acciones y derechos que al primero le correspondían en la sociedad Intercom SpA, en la suma de diez millones de pesos. Producto de la cesión don MANUEL PATRICIO ESCOBAR GONZALEZ, quedó como único dueño de la sociedad por acciones INTERCOM SpA., y por tanto detenta la administración de la misma en forma única y exclusiva. Capital, $30.000.000. Un extracto de dicha escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial de la República con fecha dieciséis de Diciembre del año dos mil diecinueve, en su edición número cuarenta y dos mil quinientos veintinueve, pero se omitió su inscripción en el Registro de Comercio competente, dentro del plazo legal. lo que constituye un vicio de nulidad formal.- De conformidad con lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, el compareciente, en representación de todos los integrantes de la sociedad INTERCOM SpA, y debidamente facultado, viene en subsanar y sanear la falta de inscripción en el Registro de Comercio del extracto de la escritura de constitución aludida en la cláusula primera, en orden de que este sea inscrito oportunamente, para cuyos efectos viene en ratificar expresamente y dar por reproducidas todas y cada una de las estipulaciones que en ella se contienen, debiendo un extracto de la presente escritura publicarse e inscribirse conjuntamente con el extracto originado en la modificación de la misma. Se facultó al portador. La personería del compareciente don Juan Carlos Cifuentes Canales, para actuar en nombre y representación de don O´BRIAN DAVIS MADARIAGA CASTILLO, y de don MANUEL PATRICIO ESCOBAR GONZALEZ, consta del artículo séptimo de la escritura pública de modificación de fecha veintidós de noviembre del año dos mil diecinueve, Repertorio número cinco mil quinientos ochenta y siete guion dos mil diecinueve, otorgada ante la Notario Público de la ciudad de Los Ángeles, doña Jessica Lorena Aguilera Tapia, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, que se ha tenido a la vista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Angeles, 20 de Julio del año 2020.