Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2020
- Repertorio
- 8068/2020
- Notario
- Cosme Fernando Gomila Gatica
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- el domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de dos años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de negocio y de gestión, asesoría comunicacional, en información, tecnológica y formación destinados a cualquier campo o sector, incluyendo la elaboración y ejecución de toda clase de estudios, proyectos, sistemas y productos, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a dos Administradores, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. Mientras la Junta de Accionistas no emita nuevo pronunciamiento, los administradores designados serán don Mauricio Alejandro Cañete Lizama, con cédula de identidad número nueve millones trescientos diecisiete mil novecientos cincuenta y seis guión cero, y doña Sylvia Denise Astudillo Pino, con cédula de identidad número trece millones seiscientos treinta y siete mil ochocientos cuarenta y seis guión cinco, quienes someterán su actuar a lo establecido en el presente estatuto, las leyes y reglamentos respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCosme Fernando Gomila Gatica, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en la comuna de Santiago, calle Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, bajo el repertorio N° 8068/2020, de fecha 14-07-2020, ante mi: don Carlos Alberto Úbeda Castro, don Mauricio Alejandro Cañete Lizama, don Harold Enrique Coronado Olivares y doña Sylvia Denise Astudillo Pino, todos vienen en constituir una sociedad por acciones.- Nombre: el nombre de la sociedad será “Contact Analytics SpA”.- Domicilio: el domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos o contratos determinados.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de negocio y de gestión, asesoría comunicacional, en información, tecnológica y formación destinados a cualquier campo o sector, incluyendo la elaboración y ejecución de toda clase de estudios, proyectos, sistemas y productos, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades.- Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de dos años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, el que será enterado en la forma establecida en el artículo primero transitorio de la escritura. Los constituyentes sólo serán responsables hasta el monto de su aporte en la sociedad.- Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a dos Administradores, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. Mientras la Junta de Accionistas no emita nuevo pronunciamiento, los administradores designados serán don Mauricio Alejandro Cañete Lizama, con cédula de identidad número nueve millones trescientos diecisiete mil novecientos cincuenta y seis guión cero, y doña Sylvia Denise Astudillo Pino, con cédula de identidad número trece millones seiscientos treinta y siete mil ochocientos cuarenta y seis guión cinco, quienes someterán su actuar a lo establecido en el presente estatuto, las leyes y reglamentos respectivos.- Demás estipulaciones en escritura extractada.-cma.