CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS DE TRANSPORTE ANDALICAN SpA

RUT 10794890-2 CVE 1790283
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de julio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2020
Repertorio
1747
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas Titular

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
ARAUCO
Duración
Indefinida

Objeto social

El transporte de personas u objetos, por cuenta propia o ajena, arriendo de vehículos, compraventa de los mismos, fletes, y o cualquier otra actividad relacionada con dicho rubro, ya sea por cuenta propia o ajena

Administración

La sociedad será administrada en forma exclusiva por doña MARÍA ESTER BRAVO HERNÁNDEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23 de Julio de 2020, Repertorio 1747, ante mi; MARÍA ESTER BRAVO HERNÁNDEZ, casada, empresaria, cédula de identidad N° 10.794.890-2, domiciliada en Pablo Neruda N° 119, Laraquete, Arauco, constituyó sociedad por acciones bajo la Razón Social: “SERVICIOS DE TRANSPORTE ANDALICAN SpA”, nombre de fantasía “TRANSPORTES ANDALICAN SpA.” Objeto: El transporte de personas u objetos, por cuenta propia o ajena, arriendo de vehículos, compraventa de los mismos, fletes, y o cualquier otra actividad relacionada con dicho rubro, ya sea por cuenta propia o ajena.- Administración y uso de la razón social: La sociedad será administrada en forma exclusiva por doña MARÍA ESTER BRAVO HERNÁNDEZ.- Capital: $5.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas de una sola serie y sin valor nominal, que se entera de la siguiente forma: MARÍA ESTER BRAVO HERNÁNDEZ, suscribe la cantidad de 100 acciones, por un valor de $50.000 cada una, que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, quedando totalmente suscrito y pagado el capital.- Domicilio: ARAUCO, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer dentro del país.- Duración: Indefinida, a partir de fecha escritura.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones en escritura extractada.-Talcahuano, 24 de Julio de 2020.-