CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CINNAMON CAPITAL SpA

RUT 15366471-4 CVE 1790603
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2020
Repertorio
8256-2020

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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OLAYA FERRADA GARRIDO, NOTARIO SUPLENTE DEL TITULAR RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción, Certifica: Por escritura Pública ante el Titular otorgada ante mí con fecha 24 de julio de 2020 bajo el Repertorio N°8256-2020, don Pablo Antonio Viterbo Porras, chileno, soltero, ingeniero en administración, C.I. N°15.366.471-4, con domicilio en Avenida San Pedro Ambrosio O’Higgins Edificio treinta y dos B, comuna de San Pedro de La Paz, constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: El nombre de la sociedad es “CINNAMON CAPITAL SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la prestación de servicios y asesoría profesional en inversiones financieras, materias comerciales, inmobiliarias, tributarias, laborales, marketing, económicas, contables y en todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo de negocios y empresas; ii) la administración de toda clase de activos, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, corretaje de propiedades, desarrollo y explotación de proyectos comerciales, inmobiliarios e industriales; iii) la inversión en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos o privados; y en general, todas aquellas actividades que los accionistas estimen necesarias o convenientes para el desarrollo de su giro. Capital: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas de un mismo valor y sin valor nominal. íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó portador extracto para legalización. Concepción, 24 de julio de 2020.