GRANOTOP S.A.
Instrumento
- Notario
- Álvaro Zambrano Alarcón
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $8.024.215 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Zambrano Alarcón, Abogado, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Héctor Efraín Basualto Bustamante, Antonio Varas N°854, Certifico que: Compareció ante mi don MODESTO HUENCHUNAO ABURTO, chileno, contador, casado, cédula nacional de identidad número cinco millones sesenta y ocho mil setecientos noventa y seis guion uno, domiciliado para estos efectos en Ruta cinco sur número dos mil setecientos treinta y cinco, comuna de Padre Las Casas y de paso por esta, quien redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Granotop S.A. sociedad anónima de tipo cerrada, del giro de su denominación, duración indefinida, capital por la suma de cincuenta y dos millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos treinta pesos dividido en doscientas cincuenta y cuatro mil acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, escritura que quedó bajo el repertorio número dos mil novecientos treinta y cuatro guion dos mil veinte. En dicha junta extraordinaria de accionistas, en la que comparecen la sociedad “Inversiones Anka Limitada” representada por doña Karina Von Baer Jahn por doscientas treinta y tres mil novecientas doce acciones y la sociedad “Inversiones Santa Rosalía Limitada”, representada por don Modesto Huenchunao Aburto por veinte mil ochenta y ocho acciones, compareciendo la totalidad de acciones emitidas, las cuales suman un total de doscientas cincuenta y cuatro mil acciones, se acuerda de manera unánime por todos los accionistas los siguientes acuerdos: A) Se aprueba el balance de Granotop S.A. al treinta y uno de diciembre del año dos mil diecinueve, que servirá para la división, así como el balance proforma al día dos de enero del año dos mil veinte que establece la distribución de las cuentas de activo pasivo y patrimonio entre la sociedad continuadora y la nueva sociedad resultante de la división. B) Dividir con efecto y vigencia del día primero de enero de dos mil veinte Granotop S.A., rol único tributario número noventa y nueve millones quinientos ocho mil ochocientos treinta guion cuatro en dos sociedades anónimas que se regirán por las normas de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis, su reglamento y sus respectivos estatutos sociales, a saber: Uno) GRANOTOP S.A., sociedad continuadora que subsistirá con sus actuales estatutos, aunque con las modificaciones que más adelante se expresarán en relación a su capital social; y, Dos) una nueva sociedad anónima cerrada, que nace con motivo de la división y que se denominará AGROTOP INVERSIONES S.A., la que se regirá por los estatutos que se indican en la escritura extractada. C) Se aprueba la división del capital de Granotop S.A. desde la cantidad actual, cincuenta y dos millones seiscientos sesenta y siete mil trecientos treinta pesos, dividido en doscientas cincuenta y cuatro mil acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal a la cantidad de ocho millones veinticuatro mil doscientos quince pesos, dividió en las mismas doscientas cincuenta y cuatro mil acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, entendiéndose éste último como el capital suscrito y pagado con que quedará la Sociedad continuadora Granotop S.A. después de la división. D) Se acuerda que la división entra en vigencia legal, tributaria y contable a partir del primero de enero de dos mil veinte. E) Se modifica el artículo quinto de los estatutos de la sociedad Granotop S.A., referente al capital social el que queda de la siguiente manera: “El capital de la sociedad es la suma de $8.024.215 pesos dividido en doscientas cincuenta y cuatro mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.” Demás acuerdos en la escritura que se extracta. En Temuco, 30 de Junio de dos mil veinte.