CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSTRUCTORA CCPJ LIMITADA

CVE 1789060
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de junio de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de junio de 2020

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
3 años, a contar del 1 de julio de 2020, renovable períodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término con anticipación de 6 meses del período que estuviese en curso, mediante escritura pública anotada margen inscripción social

Objeto social

Construcción y toda otra actividad relacionada con lo anterior, como por ejemplo mejoramiento de viviendas, revestimientos térmicos, construcciones de casas, departamentos y edificios, etcétera

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alvaro Daniel Carvallo Castillo, Notario Suplente del titular Eduardo de Rodt Espinosa, San Martín 427, Rancagua, certifica: Por escritura, hoy ante mí, MARIA ELENA CANTILLANA SAAVEDRA, domiciliada en Los Azahares Nº321, villa Instituto Inglés, Machalí; HECTOR ELIZARDO JAU PEDREROS, domiciliado en Pasaje Arturo Fontaine Aldunate N°2832, Villa Los Tilos de Rancagua, CRISTIAN IVAN PINTO PINTO, domiciliado en avenida La Capilla 313, Rancagua y CLAUDIA ANDREA CANTILLANA SAAVEDRA, domiciliada en Avenida La capilla, Pasaje Interior 1, departamento 14, Condominio Punta del Sol 1, Rancagua, constituyeron sociedad responsabilidad limitada bajo razón social: SOCIEDAD CONSTRUCTORA CCPJ LIMITADA, nombre de fantasía “CONSTRUCTORA CCPJ LTDA”. Objeto: Construcción y toda otra actividad relacionada con lo anterior, como por ejemplo mejoramiento de viviendas, revestimientos térmicos, construcciones de casas, departamentos y edificios, etcétera. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de agencias o sucursales en resto del país o en el extranjero. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a MARIA ELENA CANTILLANA SAAVEDRA, amplias facultades.- Capital: $4.000.000, aportado de la siguiente manera: María Elena Cantillana Saavedra, $1.200.000 en este acto, en dinero efectivo; Héctor Elizardo Jau Pedreros con herramientas equivalentes a $1.200.000; Cristian Iván Pinto Pinto, con herramientas equivalentes a $800.000 y Claudia Andrea Cantillana Saavedra $800.000 en este acto, en dinero efectivo. Duración: 3 años, a contar del 1 de julio de 2020, renovable períodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término con anticipación de 6 meses del período que estuviese en curso, mediante escritura pública anotada margen inscripción social. Los socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 19 de junio de 2020.