Marino SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2020
- Repertorio
- 75/2020
- Notario
- PABLO VALENZUELA PEREZ
- Oficio
- Quinta Notaría de Curicó con asiento en la comuna de Teno
- Comuna
- Curicó con
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO VALENZUELA PEREZ, Notario Público de la Quinta Notaría de Curicó con asiento en la comuna de Teno, ubicada en Avenida Comalle 101, Teno, CERTIFICA: Por Escritura Pública de fecha 20 de julio de 2020, ante mi, Repertorio Nº75/2020, doña Romina Isabella Marino Cordova, Licenciada en comunicaciones, en adelante “la cedente”; y, Virgilio Alessandro Marino Cordova, Ingeniero Comercial, en adelante “el cesionario”, ambos domiciliados en Antofagasta; modifican sociedad “Marino SpA”, Rut No. 76.731.544-9, constituida por instrumento digital de fecha 8 de mayo de 2017, por Romina Isabella Marino Córdova ante Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, sociedad “Marino SpA”, protocolizada misma fecha bajo el número 1756 al final Registro de Instrumentos Públicos de la Quinta Notaría Antofagasta, con un capital de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones igual valor, misma serie sin valor nominal, capital totalmente suscrito pagado por la constituyente. Modificación consiste en que doña Romina Isabella Marino Córdova, vende, cede y transfiere a don Virgilio Alessandro Marino Córdova, quien compra, acepta y adquiere para sí, quinientas acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del total del capital social, quien acepta, compra y adquiere para sí el 50% de las acciones de “Marino SpA”. El precio es $500.000, que cesionario paga en este acto, declarando la cedente íntegramente pagado precio de cesión. En consecuencia, los ahora accionistas de la sociedad acuerdan aumentar capital social a $10.000.000, divididos en 10.000 acciones nominativas sin valor nominal y de una misma serie, aportando cada accionista $4.500.000 cada uno - que corresponden a 4.500 acciones por cada uno-, en dinero efectivo ingresado caja social, quedando aumento del capital íntegramente suscrito y pagado. Además, actuales únicos accionistas acuerdan siguientes modificaciones: Uno.- Se modifica artículo Quinto estatuto social que se elimina y reemplaza por el siguiente: “Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, divididos en 10.000 mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se han suscrito y pagado en su integridad, conforme consta de la cláusula Sexta de la presente escritura de venta de acciones, aumento de capital y modificación de los estatutos sociales. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos”. Dos.- Se modifica artículo Sexto estatuto social que se elimina y remplaza por el siguiente: “Administrador: La sociedad será administrada, en calidad de Gerentes Generales conjuntos, por ambos actuales accionistas, doña Romina Isabella Marino Córdova y don Virgilio Alessandro Marino Córdova, quienes actuando conjunta, separada o indistintamente, la representarán judicial y extrajudicialmente y gozaran de las facultades contenidas en el artículo Séptimo de los estatutos”. Tres.- Sin perjuicio tenor artículo séptimo estatuto social, accionistas acuerdan agregar al número treinta y dos del artículo Séptimo siguiente párrafo: “Se podrá conferir a terceros por cualquiera de los accionistas administradores, mandatos especiales o delegaciones de facultades de administración especiales y específicas para los encargos en beneficio de la sociedad que se contengan en el instrumento público respectivo”. Cuatro.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, mantendrán plena vigencia las estipulaciones del estatuto original. Comparecientes facultan a portador de extracto autorizado para requerir publicaciones legales que correspondan, y las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que resulten pertinentes en los registros competentes. Teno, 22 de julio de 2020.