MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TREBOLMAX LIMITADA

RUT 76235401-2 CVE 1789293
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2020
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de Talcahuano

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública 21 de julio 2020, ante mí, MARCOS ALEX AMBIADO CABEZAS, PAULA LORENA GONZÁLEZ QUINTEROS, y LUCAS SEBASTIÁN AMBIADO GONZÁLEZ, todos domiciliados en Concepción, Avenida Bicentenario, Condominio Juan Antonio Varas N° 1664 casa 15, Lomas de Bellavista; exponen: Los comparecientes don Marcos Alex Ambiado Cabezas, y doña Paula Lorena González Quinteros, son los únicos y actuales socios de la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada "IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TREBOLMAX LIMITADA", RUT. N° 76.235.401-2, constituida por escritura pública de fecha 14 de diciembre del año 2012, otorgada ante el Notario Público de Talcahuano, don Gastón Ariel Santibáñez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas 3088 vuelta N° 2089 del Registro de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2012, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 18 de diciembre del mismo año. La sociedad tiene un capital de $1.000.000.- La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 7 de julio de 2014, otorgada ante el Notario Público de Talcahuano, don Gastón Ariel Santibáñez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas 1615 vuelta N° 1427 del Registro de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2014, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 11 de julio del mismo año.- La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2018, otorgada ante el Notario Público de Talcahuano, don Gastón Ariel Santibáñez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas 2035 N° 1565 del Registro de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2018, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de septiembre del mismo año.- Por el presente instrumento, los comparecientes modifican la sociedad en los siguientes términos: Marcos Alex Ambiado Cabezas, titular del 99% del patrimonio social, con el consentimiento de su socio, vende, cede y transfiere, el 48% del patrimonio social a don Lucas Sebastián Ambiado González, quien lo compra, acepta y adquiere para sí. Cedente y cesionario se otorgan el más amplio y recíproco finiquito.- En virtud de la cesión antes señalada, a contar de esta fecha, ingresa a la sociedad don Lucas Sebastián Ambiado González, contando al efecto con el expreso consentimiento de los socios Marcos Alex Ambiado Cabezas y doña Paula Lorena González Quinteros.- En consecuencia, los únicos y actuales socios de la sociedad son: don MARCOS ALEX AMBIADO CABEZAS, con una participación social equivalente al 51%; don LUCAS SEBASTIÁN AMBIADO GONZÁLEZ, con una participación social equivalente al 48%; y doña PAULA LORENA GONZÁLEZ QUINTEROS, con una participación social equivalente al 1%.- Los únicos y actuales socios, vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social constitutivo, en el sentido de ampliar el objeto social, agregando a los existentes, los siguientes: la prestación de los servicios de limpieza y aseo a empresas, oficinas, domicilios, y a toda institución pública o privada; la prestación de los servicios de contratista o subcontratista, en todo tipo de actividades y áreas en general; la contratación de personal para terceros; el arrendamiento de equipos y maquinarias, destinadas al aseo industrial o domiciliario; el arrendamiento de vehículos motorizados de todo tipo; y el transporte terrestre de todo tipo de carga, incluyendo los servicios de carga, descarga, embalaje y cualquier otro que se relacione con el flete, el traslado y el transporte terrestre. En todos los objetos y actividades que la sociedad desarrolle en el ejercicio de su giro, podrá actuar directamente o por intermedio de empresas especialmente contratadas al efecto. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantiene plenamente vigente, lo demás pactado en la citada cláusula cuarta del pacto social constitutivo.- Los únicos y actuales socios, reiteran que las utilidades y pérdidas se repartirán entre ellos en proporción a sus respectivos aportes y limitan su responsabilidad al monto de los mismos.- En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del estatuto social anterior.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano 22 de julio de 2020.