GODOY Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2020
- Notario
- SERGIO ARTURO MARTEL BECERRA
- Oficio
- 24ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO ARTURO MARTEL BECERRA, Abogado, Notario Público, Titular de la 24ª Notaría de Santiago, Esquina Blanca 0211, Maipú, certifica: Por escritura hoy 17/07/2020, ante mí; FERNANDA ANDRADE GARCIA, C.I. Nº 17.752.976-1, Luis Thayer Ojeda 299, Providencia; JORGE ROBERTO GODOY GUERRA, C.I. Nº 25.649.989-4, Av. Los Leones 80, Dpto. 43-B, Providencia; y CARLOS ERNESTO RODRÍGUEZ TORO, C.I. Nº 25.649.949-5, San Ignacio de Loyola 633, Dpto. 1209, Santiago; modificaron sociedad de responsabilidad limitada, razón social: “GODOY Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida 14/08/2009, Notaría de Santiago de don Raúl Iván Perry Pefaur; extracto inscrito a Fs. 40068 N° 27659 Registro de Comercio Santiago año 2009.- Modificada en diferentes ocasiones, siendo la última por escritura de fecha 31/07/2017, Notaría Santiago de Pablo González Caamaño, extracto inscrito a fojas 66440 Nº 35779 en el Registro de Comercio de Santiago año 2017.- Capital actual $10.000.000, actuales socios Fernanda Andrade García y Jorge Roberto Godoy Guerra, 50% haber social c/u; modifican así: Fernanda Andrade García, vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos a Carlos Ernesto Rodríguez Toro, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $5.000.000, que cesionario paga en este acto, en la forma estipulada en escritura que extracto, a plena conformidad de la cedente.- Consecuencia únicos socios, Jorge Roberto Godoy Guerra y Carlos Ernesto Rodríguez Toro, con 50% haber social c/u.- Actuales socios modifican sociedad así: a) Modifican razón social, a contar de ésta fecha será “MICRO TECNOLOGÍAS LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “SOLUCIONES IoT LTDA”; b) Asimismo modifican la administración de la sociedad, en el sentido que a contar de ésta fecha, la administración corresponderá a ambos socios indistintamente, con las más amplias facultades. Y c) Por último los socios aumentan el capital, en $10.000.000, aportados así: CARLOS ERNESTO RODRIGUEZ TORO, $5.000.000, así, $1.000.000, al contado y en dinero en efectivo; el saldo de $4.000.000, se pagaran en un plazo máximo de 12 meses, a medida de necesidades sociales; y JORGE ROBERTO GODOY GUERRA, $5.000.000, así, $1.000.000, al contado y en dinero en efectivo; el saldo de $4.000.000, se pagaran en un plazo máximo de 12 meses, a medida de necesidades sociales.- Lo no modificado plena vigencia pacto social primitivo; demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 17 de julio de 2020.-