CONSTRUCTORA CLAUDIO ARTURO TORRES ROSATI E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2012
- Notario
- ALvaro Zambrano Alarcón
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALvaro Zambrano Alarcón, Notario Público Temuco, con oficio en Varas 854, suplente del titular don Héctor Basualto Bustamante, certifica: Don Rodrigo Alejandro Espinoza Muñoz, en representación de don CLAUDIO ARTURO TORRES ROSATI, y doña GLORIA ANGELICA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, expone: Por escritura pública de fecha 06 de junio del año 2012, en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, Don CLAUDIO ARTURO TORRES ROSATI, y doña GLORIA ANGELICA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “INGENIERIA Y CONSTRUCTORA CORDOBA LIMITADA”, rol único tributario número 76.232.783-k, Capital: 80.000.000.- sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas 1481 número 1.195 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2012. Don CLAUDIO ARTURO TORRES ROSATI y doña GLORIA ANGELICA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, con fecha 19 Junio 2019, en la Notaria de don Héctor Basualto Bustamante de Temuco, suscribieron una escritura pública de Cesión de Derechos Sociales y Transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cambiando en tal sentido su tipo social y reformando sus estatutos sociales, modificando el nombre de la empresa quedando definitivamente como “CONSTRUCTORA CLAUDIO ARTURO TORRES ROSATI E.I.R.L.” Que el extracto de la escritura pública de transformación de la sociedad ya referida no fue publicada en el diario oficial.- Que ante la presente situación y de acuerdo a la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, artículo tercero, y artículo dieciocho de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, los comparecientes vienen en sanear este vicio de nulidad requiriendo que se cumpla con la oportuna inscripción en el Registro de Comercio, dejándose constancia en ella de la presente escritura de saneamiento.- Temuco, 01 Julio 2020.