MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Mailén Limitada

RUT 76184382-6 CVE 1789429
Capital
$73.903.884 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2020
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$73.903.884 CLP
Ley aplicable
Ley N°20.780

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos 332, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 16 de junio de 2020, ante mí CARLOS ALBERTO ECHAVARRI DE LA SIERRA, con domicilio para estos efectos en calle Napoleón N°2.943, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, y doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN, ambos en representación de INVERSIONES SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA, los tres últimos con domicilio para estos efectos en Avenida La Dehesa N°1.939, oficina 505, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña THELMA MARGULIS ROSEMBLÜT, doña MAITE SUSAETA MARGULIS, doña MARISOL ROSA SUSAETA MARGULIS, don FÉLIX ANDRÉS SUSAETA MARGULIS, y don RODRIGO LEÓN SUSAETA MARGULIS, todos los últimos con domicilio para estos efectos en calle Las Torcazas N°199, dpto. 131, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública “Modificación de sociedad Agrícola Mailén Limitada” sociedad inscrita a fojas 78.863 número 57.856 Reg. Com. Stgo. Año 2011 y acordaron: I.- DA CUENTA DE AUMENTO DE CAPITAL. Los socios dan cuenta de que el capital estatutario de la sociedad AGRÍCOLA MAILÉN LIMITADA, actualmente asciende a $73.903.884, sin embargo, de acuerdo a lo establecido por el artículo Tercero Transitorio de la Ley N°20.780, las sociedades que hubieren abandonado el régimen tributario de presunción agrícola según lo dispuesto en dicha norma, y como es el caso de Agrícola Mailén Limitada, deben registrar como capital la diferencia entre su activo y pasivo del balance inicial, diferencia que asciende a la suma de $1.126.658.635, y que, para todos los efectos legales es el capital social. II.- MODIFICACIONES SOCIALES: Como consecuencia del aumento de capital, la totalidad de los socios de la sociedad AGRÍCOLA MAILÉN LIMITADA, acuerdan modificar el artículo Sexto de los estatutos, remplazándolo por el del siguiente tenor extractado: ARTÍCULO SEXTO: El capital social es la suma única y total de $1.126.658.635, íntegramente enterado en arcas sociales y que los socios aportan de la siguiente manera: a) La sociedad INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA, con el 33% del capital social; b) Don CARLOS ALBERTO ECHAVARRI DE LA SIERRA, con el 27% del capital social; c) doña THELMA MARGULIS ROSENBLÜT, con el 13,33 y 1/3% del capital social; d) doña MAITE SUSAETA MARGULIS, con el 6,66 y 2/3% del capital social; e) doña MARISOL SUSAETA MARGULIS, con el 6,66 y 2/3% del capital social; f) don FÉLIX ANDRÉS SUSAETA MARGULIS, con el 6,66 y 2/3% del capital social; y g) don RODRIGO LEON SUSAETA MARGULIS, con el 6,66 y 2/3% del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de junio de 2020. A. Mozó A. Notario Público.