TURISMO PLAYA BLANCA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2020
- Notario
- OLAYA FERRADA GARRIDO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don Ramón García Carrasco, con oficio en Rengo 444 Concepción, certifico: Por escritura pública de 21 de julio de 2020, ante mí, MARTIN SILVA EJSMENTEWICZ, redujo a escritura pública DÉCIMA SÉPTIMA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad “TURISMO PLAYA BLANCA S.A.”, RUT 87.012.100-8, celebrada el día indicado, a las 14:00 horas, citada bajo la presidencia del titular, René Pezo Padilla, actuando como Secretaria Venecia Contreras Gamonal. Su convocatoria se efectuó por acuerdo de Directorio, según consta en las sesiones 107 y 108, de los días 5 de marzo y 21 de mayo del año 2020, respectivamente. Convocatoria se publicó en el Diario La Estrella de Concepción, los días 12, 17 y 25 de Junio 2020 y, además, se convocó por correo email, por redes sociales como WSP y telefónicamente. Dado el número de acciones presentes o representadas, superior a los 2/3 de las acciones emitidas con derecho a voto, se declaró constituida la junta en conformidad a lo prescrito en el artículo 61 de la ley de sociedades anónimas. EL PRIMER PUNTO DE LA TABLA SE REFIERE AL AUMENTO DE SU CAPITAL. Al efecto, el presidente de la sociedad entrega antecedentes de las razones que motivan el aumento de capital de la misma, tema que fue tratado, además, en la última junta de accionistas. Se propone aumentar el capital social mediante la emisión de 21 acciones, equivalentes al 25% del total de las acciones actuales, con un valor nominal de $6.000.000 cada una. Con estas 21acciones, el capital social aumentará a un total de 104 acciones. La propuesta se somete a votación, la cual es aprobada por la unanimidad de los accionistas presentes y representados, facultándose al directorio para que pueda implementar el acuerdo, estableciendo sus términos y demás condiciones que sea menester para su ejecución. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Concepción, 21 de julio de 2020.