Oval Rent a Car Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico que por escritura pública de 10 de julio de 2020, ante mí, don Sebastián Andrés Facuse Zarhi, domiciliado para estos efectos en calla Tabaré N° 935, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, doña Claudia Andrea Jadue Díaz, domiciliada para estos efectos en Nilo Azul N° 1860, departamento 508, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y doña Teresa Angélica Zarhi Castagnet, domiciliada para estos efectos en Reina Astrid N° 950, departamento 801, comuna de las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad “Oval Rent a Car Limitada”, inscrita a fojas 5857 número 3807 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del año 2009, en los siguientes términos: A) Se acuerda cesión de derechos sociales, mediante la cual don Sebastián Andrés Facuse Zarhi, vende, cede y transfiere a doña Teresa Angélica Zarhi Castagnet, la totalidad de sus derechos en la sociedad, equivalentes al 99,4% del capital e interés social y derechos en la misma. El precio de la cesión es la suma de $1.379.369.-, que se pagan en este acto. B) Como consecuencia, se modifican los estatutos sociales de la siguiente manera: Se reemplazan los Artículos Sexto y Séptimo por los siguiente: “SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, aportados por los socios de la siguiente forma y proporción: i) doña Teresa Angélica Zarhi Castagnet con la cantidad de $999.000, equivalente al 99,9% del total del capital e interés social, pagados íntegramente en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha y ya ingresados a caja social; y, ii) doña Claudia Andrea Jadue Díaz, con la cantidad de $1.000, equivalente al 0,1% del total del capital e interés social, pagados íntegramente en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha y ya ingresados a caja social”; “SÉPTIMO: Las utilidades o pérdidas de la sociedad se distribuirán, capitalizarán o soportarán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, es decir, a la socia TERESA ANGÉLICA ZARHI el equivalente al 99,9%, y a la socia CLAUDIA ANDREA JADUE DÍAZ el equivalente al 0,1% del capital de la sociedad”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de julio de 2020.