MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y COMERCIAL FAMILYHOUSE LIMITADA

RUT 77005259-9 CVE 1788662
Fecha instrumento
1 de julio de 2020
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2020
Notario
Ricardo Fontecilla Gallardo
Oficio
Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue
Comuna
Puerto Varas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico que ante mí por escritura de fecha 01 de Julio de 2020, VERÓNICA FABIOLA FRITZ GÄDICKE, domiciliada en Fundo Santa Verónica, kilómetro cuatro, Frutillar camino a Los Bajos, de la comuna de Frutillar, don BYRON ALEJANDRO NAIF FRITZ, domiciliado en Fundo Santa Verónica, kilómetro cuatro, Frutillar camino a Los Bajos, de la comuna de Frutillar, Provincia y doña ZAYRA VERÓNICA NAIF FRITZ, domiciliado en Fundo Santa Verónica, kilómetro cuatro, Frutillar camino a Los Bajos, de la comuna de Frutillar, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA Y COMERCIAL FAMILYHOUSE LIMITADA”, inscrita a fojas ciento treinta y siete vuelta número ciento diecisiete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, del año dos mil diecinueve, en orden a que ingresa una nueva socia doña ZAYRA VERÓNICA NAIF FRITZ, para cuyos efectos, doña VERÓNICA FABIOLA FRITZ GÄDICKE, cede y transfiere intereses, acciones o derechos en la sociedad y que corresponden al uno por ciento del capital social a doña ZAYRA VERÓNICA NAIF FRITZ, quien los adquiere y acepta para sí, de tal forma que esta último pasa a formar parte de la sociedad en la misma forma y con los mismos derechos y obligaciones que le corresponden a la cedente en la sociedad. Quedan como únicos socios VERÓNICA FABIOLA FRITZ GÄDICKE, BYRON ALEJANDRO NAIF FRITZ, y ZAYRA VERÓNICA NAIF FRITZ; la primera con un noventa y ocho por ciento del capital social y los dos últimos cada uno con un uno por ciento del capital social, quienes modifican la cláusula “sexto”, del pacto social, quedando de la siguiente forma: “El capital de la Sociedad será de diez millones de pesos, suma que los socios aportan y pagan a la sociedad en la siguiente forma: a) Doña VERÓNICA FABIOLA FRITZ GÄDICKE, la suma total y única de nueve millones ochocientos mil pesos. Para el efecto aporta, paga y entera en arcas sociales en este mismo acto de la firma de la presente escritura, la suma de nueve millones ochocientos mil pesos al contado y en dinero efectivo. El aporte total de doña VERÓNICA FABIOLA FRITZ GÄDICKE, corresponde al noventa y ocho por ciento del capital social; b) don BYRON ALEJANDRO NAIF FRITZ, la suma total y única de cien mil pesos. Para el efecto aporta, paga y entera en arcas sociales en este mismo acto de la firma de la presente escritura, la suma de cien mil pesos al contado y en dinero efectivo. El aporte total de don BYRON ALEJANDRO NAIF FRITZ corresponde al uno por ciento del capital social; y c) doña ZAYRA VERÓNICA NAIF FRITZ la suma total y única de cien mil pesos. Para el efecto aporta, paga y entera en arcas sociales en este mismo acto de la firma de la presente escritura, la suma de cien mil pesos al contado y en dinero efectivo. El aporte total de doña ZAYRA VERÓNICA NAIF FRITZ corresponde al uno por ciento del capital social”.- Llanquihue, 21 de julio de 2020.-