MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INKA POYEN LIMITADA

RUT 76968350-K CVE 1788388
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2009

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2009
Notario
LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS
Oficio
tercera notaría de Valdivia

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Victor Rodrigo Figueroa Troquian socio 14281306-8
María Paz Villagrán Rodriguez socio 18887109-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS, Notario Público de la tercera notaría de Valdivia, con Oficio en calle Independencia N° 548, de esta ciudad de Valdivia: Por escritura hoy, ante mí, don Victor Rodrigo Figueroa Troquian, CI 14.281.306-8, contador auditor, domiciliado en Avenida Don Bosco N° 2366, comuna de Valdivia; doña María Paz Villagrán Rodriguez, CI 18.887.109-7, psicopedagoga, domiciliada en Avenida René Schneider N° 5070, comuna de Valdivia; y doña Marcela del Pilar Rodriguez Carrasco, CI 12. 432.375-4, administradora, domiciliada en Avenida René Schneider N° 5070, comuna de Valdivia, celebraron una cesión de derechos sociales y modificaron los estatutos de la SOCIEDAD DE DESARROLLO EDUCACIONAL INKA POYEN, SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sin perjuicio del nombre de fantasía “INKA POYEN LIMITADA” o “Inka Poyen Limitada”, constituida con fecha 10 de Septiembre de 2007, por escritura pública suscrita ante el Notario Público titular de las comunas de Valdivia y Corral, doña Cármen Podlech Michaud, Repertorio notarial N° 3894-2007, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 38.874, de fecha 29 de septiembre del 2007, inscrito en el Registro de Comercio de Valdivia a fojas 462, número 356 del año 2007, modificada posteriormente por escritura pública, de fecha 11 de diciembre del año 2009, ante Notario Público de la ciudad de Valdivia, doña María Inés Morales Guarda, la que modificó la cláusula cuarta del primitivo pacto social, escritura que se encuentra anotada en el Repertorio bajo el número 3426-2009, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número 39.546, de fecha 28 de diciembre de 2009, e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Valdivia, del año 2009 a fojas 692, número 500. La segunda modificación fue realizada por escritura pública, de fecha 8 de Marzo del año 2010, ante Notario Público de la ciudad de Valdivia, doña María Inés Morales Guarda, la que modificó la cláusula segunda del primitivo pacto social; tal escritura tiene Repertorio notarial número 531-2010, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número 39.614, de fecha 18 de marzo de 2010, e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Valdivia, del año 2009 a fojas 158, número 108. La presente escritura de cesión de derechos modificó la sociedad en cuanto: Victor Figueroa Troquian, con expreso consentimiento de los socios, vende, cede y transfiere a María Paz Villagrán Rodriguez, el total de su participación social en SOCIEDAD DE DESARROLLO EDUCACIONAL INKA POYEN, SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, lo que corresponde al 50% del interés social. Se modifica el estatuto así: A) Únicos socios de la sociedad limitada serán Marcela del Pilar Rodriguez Carrasco con un 50% del interés social y María Paz Villagrán Rodriguez con un 50% del interés social. B) Modificación de la cláusula quinta del primitivo pacto social, quedando de la siguiente forma: “Quinta: Los titulares designan en este acto a doña MARCELA DEL PILAR RODRIGUEZ CARRASCO como Gerente de la sociedad y a doña MARÍA PAZ VILLAGRAN RODRIGUEZ como Administradora de la misma. Tales nombramientos son indefinidos, teniendo ambas socias todas las facultades para dirigir y administrar la sociedad, de acuerdo con la cláusula cuarta de estos estatutos sociales. La Gerente y la Administradora podrán delegar cualquiera o todas sus facultades y funciones; para ello deberán hacerlo a través de escritura pública, señalando todas y cada una de las facultades que delegan.” C) Modificación de la cláusula Segunda del primitivo pacto social, en el siguiente sentido: “El objeto o giro de la presente Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada consistirá en: a) La realización de inversiones por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, inmuebles y bienes raíces; b) La Compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados; c) La prestación de servicios de corretaje de propiedades para la compra, venta, arrendamiento, transferencia y Administración de edificios, condominios y todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces rústicos o urbanos, tasaciones y estudios de título de: Inmuebles, bienes raíces, derechos de agua y pertenencias mineras; d) La prestación de servicios profesionales y asesorías jurídicas y contables a personas jurídicas y naturales; y toda actividad relacionada con los objetos; e) Cualesquiera otras actividades o negocios relacionados o no con las anteriores, que los socios de común acuerdo determinen realizar, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales. Estas actividades podrá realizarlas por cuenta propia o ajena.” D) Modificación de la cláusula cuarta del primitivo pacto social, en el siguiente sentido: “La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a la gerente y a la administradora de la sociedad. Esto último por acuerdo unánime de las actuales socias de la presente sociedad, con todas y cada una de las facultades señaladas en la citada cláusula.” E) Modificación del nombre de la sociedad, modificando la cláusula Tercera del pacto social primitivo, pasando a llamarse “INMOBILIARIA Y COMERCIAL INKA POYEN LIMITADA”, manteniendo los nombres de fantasía “INKA POYEN LIMITADA” e “Inka Poyen Ltda.” En todo lo no modificado expresamente, permanece vigente el estatuto social primitivo. Capital: $3.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valdivia, 7 de Julio de 2020.