DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL y DISTRIBUIDORA PAL-SUR SpA

RUT 76524501-K CVE 1788447
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2020
Notario
RODRIGO SANHUEZA RIOS
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SANHUEZA RIOS, abogado, Notario Público de Temuco, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de julio 2020,ante mi, CAROLINA ANDREA MEDINA VALDERRAMA, Cerro Apoquindo 03895 Temuco, y JOSE EDUARDO LAGOS BASAES, Rey Guillermo 0632 localidad de Labranza Temuco. Por E.P. 20 octubre 2015, otorgada ante la notario de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio número 9304, Carolina Andrea Medina Valderrama constituyó la sociedad por acciones “COMERCIAL y DISTRIBUIDORA PAL-SUR SpA”, siendo su capital inicial la suma de diez millones de pesos. Un extracto de la escritura social se inscribió a fojas 1832, número 1205 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco año 2015, y publicada D.O. 9 noviembre 2015, edición 41.302.- Compraventa, Carolina Andrea Medina Valderrama, dueña de 100 acciones en la sociedad, que representan el 100% del capital social, vende, cede y transfiere a José Eduardo Lagos Basaez quien compra, acepta y adquiere para sí, cien acciones en la sociedad mencionada, en el precio total de $10.000.000.- de contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión referida se modifica la sociedad en el siguiente sentido: A) Queda como único socio de la sociedad “COMERCIAL y DISTRIBUIDORA PAL-SUR SpA”, don José Eduardo Lagos Basaez, y como titular de cien acciones en la sociedad.- y B) Se modifica el artículo undécimo en su letra c) designándose como nuevo administrador de la sociedad a don JOSE EDUARDO LAGOS BASAES, cédula de identidad número 12.990.956-0 con todas las facultades de administración y representación señalas en el pacto social. Para todos los efectos legales, la presente escritura de modificación se tendrá como parte integrante de la escritura constitutiva de la sociedad por acciones “COMERCIAL y DISTRIBUIDORA PAL-SUR SpA”. En lo demás, el socio ratifica íntegramente el estatuto social, en todo aquello que no haya sido expresamente modificado con esta fecha y en todo aquello que no fuere incompatible con estas modificaciones. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Temuco, 20 de julio de 2020.