Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2020
- Repertorio
- 10487-2020
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto realizar inversiones en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, y en especial: a) La compra, venta, adquisición, explotación e inversiones en cualquier clase de valores especialmente acciones, opciones a la compra y venta de acciones, derechos sociales, opciones a la compra y venta de derechos sociales, bonos, letras de cambio, debentures, depósitos bancarios, cuotas de fondos mutuos, cuotas de participación en fondos de inversión privados, cuotas de participación de fondos de inversión rescatables y no rescatables, planes de ahorro, efectos de comercio y en general, todo título transferible de crédito o inversión; b) La compra, venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces urbanos, agrícolas y forestal; c) La prestación de asistencia técnica, de asesoría y servicios financieros, económicos, comercial y administrativos a toda clase de personas, naturales o jurídicas, privadas o públicas; d) Asumir y ejercitar todo tipo de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; constituir y participar en sociedades de cualquier tipo sean éstas colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, cualquiera sea su objeto; y e) En general, la realización de todos los actos y celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad; iii)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, don IVAN TORREALBA ACEVEDO, certifica: que por escritura pública de fecha 13 de julio del año 2020, ante mí, bajo Repertorio Nº 10.487-2020, don CRISTÓBAL BARROS EYZAGUIRRE, cédula de identidad número 16.098.004-4, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: i) Nombre: “Centinela SpA”; ii) Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar inversiones en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, y en especial: a) La compra, venta, adquisición, explotación e inversiones en cualquier clase de valores especialmente acciones, opciones a la compra y venta de acciones, derechos sociales, opciones a la compra y venta de derechos sociales, bonos, letras de cambio, debentures, depósitos bancarios, cuotas de fondos mutuos, cuotas de participación en fondos de inversión privados, cuotas de participación de fondos de inversión rescatables y no rescatables, planes de ahorro, efectos de comercio y en general, todo título transferible de crédito o inversión; b) La compra, venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces urbanos, agrícolas y forestal; c) La prestación de asistencia técnica, de asesoría y servicios financieros, económicos, comercial y administrativos a toda clase de personas, naturales o jurídicas, privadas o públicas; d) Asumir y ejercitar todo tipo de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; constituir y participar en sociedades de cualquier tipo sean éstas colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, cualquiera sea su objeto; y e) En general, la realización de todos los actos y celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad; iii) Capital: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $200.000, dividido y representado en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales fueron íntegramente suscritas y pagadas en el acto de constitución; y iv) Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy fe. Santiago, 14 de julio de 2020.