Beagle Investments Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2020
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de 10 años contados desde la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la presente sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de esta sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas
Objeto social
El objeto de la sociedad será inversiones mobiliarias e inmobiliarias, mayoritariamente en el extranjero y en dólares de Estados Unidos de Norte América, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida exclusivamente a través de don Pablo Andrés Vicuña Tupper, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Abogado, Notario Titular de San Miguel con asiento la comuna de San Ramón, domicilio en Avenida Santa Rosa N° 7.955, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 18 de Junio del 2020, ante mí, la sociedad INVERSIONES CABAS SpA, y la sociedad MELTEMI CORP SpA, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “División de Sociedad y Modificación de Estatutos BEAGLE INVESTMENTS LIMITADA”, inscrita a fojas 25.153 número 12.691 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, y acordaron: I. Dividir la sociedad BEAGLE INVESTMENTS LIMITADA, conservado su razón social y objeto, dando origen a una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada HM BEAGLE LIMITADA. II. Como consecuencia de la división, el capital social de BEAGLE INVESTMENTS LIMITADA se disminuye de la suma de USD50.000 a la suma de USD24.992, que se encuentran íntegramente pagados y enterados en caja social. III. Se sustituye el artículo cuarto de los estatutos sociales, por el del siguiente tenor extractado: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de USD24.992, que se encuentran íntegramente pagados y enterados en caja social, con anterioridad a fecha de escritura extractada, de la siguiente forma: a) la sociedad INVERSIONES CABAS SpA, con USD12.496, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales; y b) la sociedad MELTEMI CORP SpA, con USD12.496, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales.” IV. Se acuerda otorgar los estatutos de la sociedad HM BEAGLE LIMITADA: Nombre o Razón Social: HM BEAGLE LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “HM BEAGLE LTDA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será inversiones mobiliarias e inmobiliarias, mayoritariamente en el extranjero y en dólares de Estados Unidos de Norte América, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años contados desde la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la presente sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de esta sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas. Capital: la suma de USD25.008, que los socios aportan y pagan íntegramente en este acto, en las siguientes proporciones: a) la sociedad INVERSIONES CABAS SpA, aporta la suma de USD12.504, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales; y b) la sociedad MELTEMI CORP SpA, , aporta la suma de USD12.504, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales. Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida exclusivamente a través de don Pablo Andrés Vicuña Tupper, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 1 de julio 2020. M. Medina R. Notario Público.