Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2020
- Repertorio
- 1859-2020
- Comuna
- Pública de Santiago
Objeto social
a) La prestación de todo tipo de servicios profesionales y técnicos de carácter legal, sea en Chile o en el extranjero. b) Prestar toda clase de asesorías técnicas y servicios relacionados con el desarrollo de servicios legales en la forma más amplia; y cualquier otro servicio que se relacione directa o indirectamente. c) La gestión, corretaje e intermediación de toda clase de bienes inmuebles. d) Otorgar o suscribir cualquier acto o contrato que fuere necesario para el cumplimiento del objeto social, sin limitaciones de ninguna especie; todo ello sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios acordaren con posterioridad
Administración
La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y disposición de bienes corresponderán a todos los accionistas, quienes, actuando indistintamente, de forma conjunta o individual, en su calidad de administradores de la sociedad, tendrán las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Titular de la Trigésimo Séptima Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1117, oficina 1014, comuna de Santiago, ccertifico: por escritura pública de fecha diez de julio del año dos mil veinte, repertorio N° 1859-2020, ante mí, comparecen: DANIEL FELIPE GODOY RAMÍREZ, cédula de identidad número dieciocho millones novecientos ocho mil trescientos ocho guion cuatro, domiciliado en Pasaje Lo Gallo número mil ochocientos sesenta y cinco, Vitacura, Santiago; don YERKO ANDRÉS SAZO SAAVEDRA, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos treinta mil trescientos veintisiete guion tres, domiciliado en Pasaje Versalles número cinco mil cuatrocientos noventa y dos, Maipú, Santiago; don ÓSCAR ARMANDO FLORES SAICO, cédula de identidad veintiún millones novecientos cincuenta y tres mil setecientos setenta y dos guion siete, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy siete mil setecientos cuarenta, Departamento C-41, Vitacura, Santiago; y don TOMÁS ANDRÉS JARA VERSCHUEREN, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos uno setecientos diecisiete guion cinco, domiciliado en Avenida Las Condes número once mil trecientos cuarenta y dos, Vitacura, Santiago; constituyeron sociedad por acciones. NOMBRE: “OPEN LEGAL SpA”, con nombre de fantasía “OPEN LEGAL CHILE”. OBJETO: a) La prestación de todo tipo de servicios profesionales y técnicos de carácter legal, sea en Chile o en el extranjero. b) Prestar toda clase de asesorías técnicas y servicios relacionados con el desarrollo de servicios legales en la forma más amplia; y cualquier otro servicio que se relacione directa o indirectamente. c) La gestión, corretaje e intermediación de toda clase de bienes inmuebles. d) Otorgar o suscribir cualquier acto o contrato que fuere necesario para el cumplimiento del objeto social, sin limitaciones de ninguna especie; todo ello sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios acordaren con posterioridad. CAPITAL: El capital social, ascendente a la suma de un millón de pesos dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada uno y sin valor nominal se suscribe, entera y paga en este acto por DANIEL FELIPE GODOY RAMÍREZ, quien suscribe doscientas cincuenta acciones, equivalentes al veinticinco por ciento del capital; por YERKO ANDRÉZ SAZO SAAVEDRA, quien suscribe doscientas cincuenta acciones, equivalentes al veinticinco por ciento del capital; por ÓSCAR ARMANDO FLORES SAICO, quien suscribe doscientas cincuenta acciones, equivalentes al veinticinco por ciento del capital; y por TOMÁS ANDRÉS JARA VERSCHUEREN, quien suscribe doscientas cincuenta acciones, equivalentes al veinticinco por ciento del capital accionario de la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y disposición de bienes corresponderán a todos los accionistas, quienes, actuando indistintamente, de forma conjunta o individual, en su calidad de administradores de la sociedad, tendrán las más amplias facultades de administración. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de Julio de 2020.