CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA Y GANADERA RIVERA SpA

RUT 10020741-9 CVE 1787896
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de julio de 2020
Notaría
Talca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2020
Repertorio
4184-2020
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
será la ciudad de Talca, pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero
Duración
indeefinida

Objeto social

la sociedad tendrá por

Administración

corresponderá a don LEOPOLDO ANTONIO RIVERA RODRÍGUEZ, quien tendrá la calidad de Gerente de la sociedad, con todas las facultades, señaladas en escritura extractada;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 15 de julio de 2020, Repertorio Nº 4184-2020, don LEOPOLDO ANTONIO RIVERA RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 10.020.741-9, domiciliado en Parcela 109, Lote A, Pangue Abajo, comuna de San Rafael, constituyó sociedad por acciones: Razón social: “AGRÍCOLA Y GANADERA RIVERA SpA”, pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía con el nombre de “RIVERA SpA”; Objeto social: la sociedad tendrá por objeto: a) La sociedad podrá dedicarse a la explotación, conservación, comercialización, compra, venta, de todos los productos derivados de la actividad agrícola, ganadera, agropecuaria, forestal, lo que incluye el aprovechamiento y consumo de los frutos tanto civiles como naturales, obtenidos del ejercicio de dichas actividades. c) La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo; d) compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones; e) Podrá constituir derechos de aprovechamiento de agua, en todos las formas establecidas en la Ley, especialmente lo dispuesto en el Código de Aguas. Pudiendo explotar este recurso natural en todas sus formas, aprovechándose de sus frutos naturales como civiles. A su vez podrá la sociedad solicitar concesiones mineras, haciendo en conformidad a la Ley, especialmente lo dispuesto en el Código de Minería. Pudiendo explotar este recurso natural en todas sus formas, aprovechándose de sus frutos naturales como civiles. Y en general, la realización de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, y que los socios determinen de común acuerdo. No obstante lo anterior, la sociedad podrá desarrollar otros giros u objetos que la Junta de Accionistas determine en forma unánime. La empresa podrá dedicarse además a cualquier actividad anexa, conexa o relacionada que le permita el cumplimiento de su objeto social y en general a cualquier acto relacionado con el mismo, que coadyuve a la realización de sus fines, sin reserva ni limitación alguna, salvo las que estén fuera de la ley; Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá a don LEOPOLDO ANTONIO RIVERA RODRÍGUEZ, quien tendrá la calidad de Gerente de la sociedad, con todas las facultades, señaladas en escritura extractada; Capital: $30.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que el accionista constituyente, suscribe en su totalidad y paga al contado en este acto. En consecuencia, queda totalmente suscrito y pagado el 100% del capital social; Duración: indeefinida; Domicilio: será la ciudad de Talca, pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 15 de julio de 2020.-