CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Mercado La Vega SpA

RUT 15542796-5 CVE 1787668
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2020
Notario
Verónica Torrealba Costabal
Oficio
titular de la 33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“LA VEGA MARKETPLACE SpA”
Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

exportación, importación, intermediación, distribución, comercialización y compraventa, con o sin comisión, al por mayor o al detalle, por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías, frutas y verduras, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Para su cumplimiento podrá participar y ser dueña de sociedades sean estas civiles o comerciales; ejecutar todos los actos, contratos y negocios encaminados a la realización de estos fines, por sí misma o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas que tengan todos o algunos de estos objetos. Realizar operaciones in-house, servicios de gestión, logística y apoyo al comercio. Para su cumplimiento podrá realizar inversión de capitales, en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Verónica Torrealba Costabal, Notario Público suplente del titular de la 33ª Notaría de Santiago, Iván Torrealba Acevedo, oficio en Huérfanos N°979, oficina 501, certifico: Por escritura hoy ante mí, Pablo Rodrigo Muñoz Figueroa, Rut. 15.542.796-5, con domicilio en El Chincol, casa 8, Colina; y Cristóbal Daniel Majluf Cáceres, Rut. 12.041.576-K, con domicilio en Jorge Washington 550, casa 52, Ñuñoa, ambos Santiago; constituyen sociedad por acciones. Nombre Social: “MERCADO LA VEGA SpA”. Nombre de Fantasía: “LA VEGA MARKETPLACE SpA”. Objeto: exportación, importación, intermediación, distribución, comercialización y compraventa, con o sin comisión, al por mayor o al detalle, por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías, frutas y verduras, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Para su cumplimiento podrá participar y ser dueña de sociedades sean estas civiles o comerciales; ejecutar todos los actos, contratos y negocios encaminados a la realización de estos fines, por sí misma o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas que tengan todos o algunos de estos objetos. Realizar operaciones in-house, servicios de gestión, logística y apoyo al comercio. Para su cumplimiento podrá realizar inversión de capitales, en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos. Capital: asciende a $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por ambos accionistas en idéntica proporción. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de Julio de 2020.