MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES SAN SEBASTIAN LIMITADA

RUT 76278144-1 CVE 1787421
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2020
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2020
Repertorio
1722/2020
Notario
DANIEL V. MONDACA PEDRERO
Oficio
5 Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Administración

corresponderá a ambos socios doña ROSSANA MERCEDES RUBIO OLIVARES y don CARLOS ENRIQUE BRIONES ARETIO, en forma individual, separada e indistintamente, quienes actuando de la forma indicada administrarán y representarán a la sociedad, en la forma y con las facultades que se indican en la escritura extractada y en el pacto social. En todo lo no expresamente modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el contrato social aludido

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular 5 Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 09.07.2020, Repertorio 1722/2020, ante mí; doña ROSSANA MERCEDES RUBIO OLIVARES, chilena, soltera, ingeniero industrial, C.I. 12.694.302-4; y don CARLOS ENRIQUE BRIONES ARETIO, chileno, soltero, dependiente, C.I. 12.797.797-6, ambos con domicilio en Pasaje Rio Negro N°1538, Villa doña Mabel, Rancagua, modifican sociedad TRANSPORTES SAN SEBASTIAN LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 20.03.2013, otorgada ante don Luis Alberto Arenas Moreno, Notario Suplente del Notario Público Titular de la Primera Notaria de Rancagua, don Eduardo de Rodt Espinosa, inscrita a fojas 789 número 579 del año 2013 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Rut N°76.278.144-1. Capital social: $3.000.000.- Modificación consiste: Se modifica la cláusula novena en cuanto a ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a ambos socios doña ROSSANA MERCEDES RUBIO OLIVARES y don CARLOS ENRIQUE BRIONES ARETIO, en forma individual, separada e indistintamente, quienes actuando de la forma indicada administrarán y representarán a la sociedad, en la forma y con las facultades que se indican en la escritura extractada y en el pacto social. En todo lo no expresamente modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el contrato social aludido. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 09 de Julio de 2020.-