TRANSPORTES SAN SEBASTIAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2020
- Repertorio
- 1722/2020
- Notario
- DANIEL V. MONDACA PEDRERO
- Oficio
- 5 Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Administración
corresponderá a ambos socios doña ROSSANA MERCEDES RUBIO OLIVARES y don CARLOS ENRIQUE BRIONES ARETIO, en forma individual, separada e indistintamente, quienes actuando de la forma indicada administrarán y representarán a la sociedad, en la forma y con las facultades que se indican en la escritura extractada y en el pacto social. En todo lo no expresamente modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el contrato social aludido
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular 5 Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 09.07.2020, Repertorio 1722/2020, ante mí; doña ROSSANA MERCEDES RUBIO OLIVARES, chilena, soltera, ingeniero industrial, C.I. 12.694.302-4; y don CARLOS ENRIQUE BRIONES ARETIO, chileno, soltero, dependiente, C.I. 12.797.797-6, ambos con domicilio en Pasaje Rio Negro N°1538, Villa doña Mabel, Rancagua, modifican sociedad TRANSPORTES SAN SEBASTIAN LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 20.03.2013, otorgada ante don Luis Alberto Arenas Moreno, Notario Suplente del Notario Público Titular de la Primera Notaria de Rancagua, don Eduardo de Rodt Espinosa, inscrita a fojas 789 número 579 del año 2013 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Rut N°76.278.144-1. Capital social: $3.000.000.- Modificación consiste: Se modifica la cláusula novena en cuanto a ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a ambos socios doña ROSSANA MERCEDES RUBIO OLIVARES y don CARLOS ENRIQUE BRIONES ARETIO, en forma individual, separada e indistintamente, quienes actuando de la forma indicada administrarán y representarán a la sociedad, en la forma y con las facultades que se indican en la escritura extractada y en el pacto social. En todo lo no expresamente modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el contrato social aludido. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 09 de Julio de 2020.-