MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y FORESTAL EL PEUMO LIMITADA

RUT 76277418-6 CVE 1787300
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de junio de 2013
Notaría
Constitución de don Álvaro Mera Correa
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2013
Notario
ALVARO MERA CORREA
Domicilio
para las comunas de Constitución y Empedrado
Comuna
Constitución de don Álvaro Mera Correa

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
Empedrado
Duración
tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo

Administración

Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto a la ley que la rige y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don ALDO ARIEL RIQUELME BRIONES ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO MERA CORREA, Notario Público Titular, para las comunas de Constitución y Empedrado, con Oficio en calle O’Higgins 499-A de esta ciudad certifica: por escritura pública de fecha 15 de julio del 2020, ante mí, don EGARDO ANDRÉS RIQUELME OPAZO, domiciliado en San José de la Dehesa pasaje Gonzalo Tejos número 149, comuna de Empedrado y don ALDO ARIEL RIQUELME BRIONES, domiciliado en sector Galumávida sin número, Empedrado, modifican y transforman la SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y FORESTAL EL PEUMO LIMITADA, constituida mediante escritura pública de fecha 24 de Junio de 2013, otorgada en la Notaria de Constitución de don Álvaro Mera Correa, repertorio Número 1161-2013, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 90 vuelta número 72 del año 2013, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, Rut 76.277.418-6 y con un capital social de $6.000.000.- en el sentido que don EGARDO ANDRÉS RIQUELME OPAZO, vende, cede y trasfiere el cien por ciento de su participación social en la referida sociedad que asciende al CINCUENTA por ciento a don ALDO ARIEL RIQUELME BRIONES, quien compró y aceptó los referidos porcentajes, y en quien queda en consecuencia radicado el cien por ciento de los derechos sociales de la referida Sociedad.- Como consecuencia de la referida cesión y por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil la referida sociedad limitada se transforma en un sociedad de participación por acciones de acuerdo a las clausulas siguientes y será la continuadora legal de la sociedad limitada manteniendo el mismo Rut. Su domicilio será la ciudad de Empedrado pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto El objeto de la sociedad será el siguiente: El transporte terrestre de carga y todo lo relacionado con el transporte ya sea como comisionista, por cuenta propia o ajena, compraventa de repuestos, accesorios y lubricantes para vehículos maquinarias, mantención y reparación de vehículos y maquinaria, arriendo subarriendo de vehículos y maquinarias; importación de vehículos y maquinarias; compraventa y comercialización de maderas y subproductos del bosque e insumos forestales y agrícola, explotación y manejo de bosques; todo tipo de servicios forestales explotación de aserraderos, barracas, polineras, cepilladoras de madera y ferretería y en general cualquier negocio relativo a estos objetos, la representación de firmas o marcas nacionales o extranjeras; y en general todo otro objeto que los socios acuerden sea que se relacione directa o indirectamente con el objeto social antes dicho.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Empedrado, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo. Capital: Se mantiene en la suma de $6.000.000.- (seis millones de pesos), dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Administración: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto a la ley que la rige y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don ALDO ARIEL RIQUELME BRIONES ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 17 de julio del 2020.