INVERSIONES EDGAR VECCHIOLA Y CÍA. LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2020
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, Notario titular de la 1º Notaría de Providencia con oficio en Avenida Providencia Nº 1777, Providencia, certifico que por escritura hoy ante mí, comparecieron:: Don Edgar Ernesto Vecchiola Trabucco por si, Enzo Leonardo Vecchiola Morales y Angelo Franceso Vecchiola Morales, ambos en representación de INVERSIONES RIO PO LIMITADA; todos con domicilio para estos efectos en Panamericana Norte Kilómetro ochocientos ocho, comuna de Copiapó, modificaron la sociedad colectiva civil “EDGAR VECCHIOLA Y COMPAÑÍA”, en lo siguiente: Los socios acuerdan modificar la sociedad señalada, transformándola en sociedad comercial de responsabilidad limitada, la que se regirá por la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y del Código Civil y, en especial, por las estipulaciones del siguiente estatuto: “PRIMERO”. El nombre o razón social es: “INVERSIONES EDGAR VECCHIOLA Y CÍA. LTDA.”, la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de INVERSIONES EVT Y CÍA. LTDA.”. Su domicilio es la ciudad de Copiapó. “SEGUNDO”. El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles; el desarrollo de cualquiera actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios; la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; la prestación de todo tipo de servicios y asesorías financieras, comerciales o de administración, y en general, la celebración de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores. “TERCERO”. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a don EDGAR ERNESTO VECCHIOLA TRABUCCO y a don ENZO VECCHIOLA MORALES, debiendo actuar indistintamente uno cualquiera de ellos en conjunto con uno cualquier de los señores Edgar Vecchiola Morales, Gian-Franco Vecchiola Morales, Angelo Vecchiola Morales o Giorgio Fabrizio Vecchiola Morales. “CUARTO”: Capital. El capital de la sociedad será la suma de nueve millones setenta y siete mil veinte pesos, que se aporta por los socios en la siguiente proporción: Uno) don EDGAR ERNESTO VECCHIOLA TRABUCCO aporta la suma de cinco millones novecientos setenta y seis mil doscientos sesenta pesos que equivalen al sesenta y cinco coma ochenta y tres mil novecientos cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, de los cuales un treinta y cuatro coma dieciséis mil cincuenta y cinco por ciento del total de los derechos en la sociedad le corresponden como persona natural y el saldo, esto es, el treinta y uno coma sesenta y siete mil ochocientos noventa por ciento del total de los derechos sociales en la compañía, le corresponden como empresario individual o empresa unipersonal, y Dos) INVERSIONES RÍO PO LIMITADA aporta la suma de tres millones cien mil setecientos sesenta pesos que equivalen al treinta y cuatro coma dieciséis mil cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales. Ambos aportes ya han sido íntegramente enterados en caja social, en dinero y/o especies conocidas y valorizadas de común acuerdo por los socios. “QUINTO”: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan escritura extractada. Providencia 06 de junio de 2020.