CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Don Emilio SpA

CVE 1787417
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
13 de julio de 2020
Notaría
Coyhaique
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de julio de 2020
Repertorio
2027-2020
Notario
JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA
Oficio
Primera Notaría de Coyhaique
Comuna
Coyhaique

Sociedad

Capital
$20.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Coyhaique
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La asesoría, consultoría y administración de inversiones financieras ; b) La inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; c) prestación de servicios profesionales, principalmente aquellos relacionados a ingeniería, administración de empresa, asesoría comercial, entre otros; d) Invención de marcas y desarrollo de franquicias, especialmente relacionadas pero no exclusivamente, relacionadas a la ingeniería, asesoría financiera, construcción, entre otros; e) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativo a toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y)o

Administración

El ejercicio de toda clase de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y)o participación en toda clase de sociedades de personales, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Coyhaique, con oficio en calle 21 de Mayo Nº 551, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 13 de julio de 2020, Repertorio N° 2027-2020, EUSEBIO DESIDERIO CALDERON MORAGA, domiciliado en calle Victoria Nº 573, comuna y ciudad de Coyhaique, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “Inversiones Don Emilio SpA” Domicilio: Ciudad y comuna de Coyhaique. Objeto: a) La asesoría, consultoría y administración de inversiones financieras ; b) La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; c) prestación de servicios profesionales, principalmente aquellos relacionados a ingeniería, administración de empresa, asesoría comercial, entre otros; d) Invención de marcas y desarrollo de franquicias, especialmente relacionadas pero no exclusivamente, relacionadas a la ingeniería, asesoría financiera, construcción, entre otros; e) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativo a toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. El ejercicio de toda clase de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y/o participación en toda clase de sociedades de personales, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general. Capital: $20.000.000; dividido y representado en 1000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Duración: Indefinida. Administración: será ejercida por don Eusebio Desiderio Moraga Calderón, quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Coyhaique, 17 de julio de 2020.