MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

D&E SpA

RUT 76446420-6 CVE 1787511
Fecha instrumento
3 de julio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será de veinte años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá: /a) Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b) Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e) Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f) Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g) Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h) Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; e i) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna.;

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORAN, en adelante el “Administrador”, quien actuará para estos efectos por sí o por medio de uno o más delegados cuya designación y remoción se hará por escritura pública;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 03/07/2020, ante mí suplente doña Maria Jose Bravo Cruz: se redujo a escritura pública, la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de ”D&E SpA”, celebrada el 03/07/2020, en la cual: Don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN y doña MARÍA FRANCISCA DIEZ TORRES, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número 1939, oficina número 505, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; transformaron la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada bajo, los siguientes términos: Transformación de la Sociedad. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. La Sociedad tendrá por nombre “Asesorías e Inversiones D&E Limitada”; ADMINISTRACIÓN. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORAN, en adelante el “Administrador”, quien actuará para estos efectos por sí o por medio de uno o más delegados cuya designación y remoción se hará por escritura pública; CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón pesos, enteramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha que los socios han aportado de la siguiente forma: (i) Rodrigo José Echavarri Moran ha aportado novecientos mil pesos, equivalentes al noventa por ciento del capital de la Sociedad; (ii) María Francisca Diez Torres ha aportado cien mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital de la Sociedad.; OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto la inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; e i) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna.; DURACIÓN. La duración de la Sociedad será de veinte años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo. Domicilio. La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 17 de julio 2020.