MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VICTOR SANTANDER Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76122426-3 CVE 1786700
Fecha instrumento
12 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2020
Notario
JUAN ANTONIO PUGA LOZANO
Domicilio
comuna de Laja

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO PUGA LOZANO, Notario Público de la comuna de Laja, con oficio en esta ciudad calle Balmaceda N° 415, certifica, por escritura pública de fecha 12 de Junio de 2020, don VICTOR DAVID SANTANDER MARTINEZ, chileno, empresario, cedula nacional de identidad y Rut número nueve millones doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis guion dos, y doña MARLENE DEL CARMEN RIOS CHAVEZ, chilena , empresaria, cedula nacional de identidad número ocho millones novecientos mil ciento sesenta y nueve guion dos, ambos casados entre si; don RUBEN IGNACIO SANTANDER RIOS, Profesor, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos guión seis, soltero; doña DANIELA MARLEN SANTANDER RIOS, Terapeuta ocupacional, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos setenta y cinco mil doscientos guión K, soltera; y don VICTOR JOAQUIN SANTANDER RIOS, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones doscientos diez mil ciento setenta y nueve guión ocho, soltero, todos los comparecientes domiciliados en calle Independencia número setenta y dos de Laja, concurrieron al saneamiento de la modificación de sociedad hecha por escritura pública de fecha 4 de Diciembre de 2019, inscrita a fojas 22 vta. Nº 16, del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Laja, del año 2019 , publicada en el Diario Oficial con fecha 14 de Diciembre de 2019 de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “VICTOR SANTANDER Y COMPAÑÍA LIMITADA” con nombre de fantasía “MAQUISAN LTDA” rol único tributario es el número setenta y seis millones ciento veinte dos mil cuatrocientos veintiséis guion tres, en el siguiente sentido: que en la escritura pública de modificación antes referida, en su cláusula PRIMERA y SEGUNDA número UNO, se incurre en un error pues se individualiza allí a don VICTOR DAVID SANTANDER MARTINEZ como VICTOR DAVID SANTANDER RIOS, error que también se incurre en el extracto inscrito y publicado antes referido, y que por este acto vienen en sanear el error descrito anteriormente, de conformidad con lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de forma tal que debe quedar establecido en la escritura de modificación saneada por este acto, en su extracto inscrito y publicado en el diario oficial que en su cláusula PRIMERA y SEGUNDA número UNO , donde dice VICTOR DAVID SANTANDER RIOS debe decir VICTOR DAVID SANTANDER MARTINEZ.- Laja, 13 de Julio de 2020.-