INVERSIONES Y PRODUCCIONES DHARMA SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2019
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago con oficio en esta ciudad
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LEONOR MAGDALENA VARELA PALMA | accionista | 7980659-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaría de Santiago con oficio en esta ciudad, calle Agustinas N°1070, piso 2, Santiago, certifico: Que con fecha 26 de febrero de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “INVERSIONES Y PRODUCCIONES DHARMA SPA”, RUT N°76.739.830-1, con extracto de constitución inscrito a fojas 51.566 N°36.867 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006, celebrada en presencia de mi Notario Suplente José Leonardo Brusi Muñóz el 13 de diciembre de 2019, con la concurrencia de la totalidad de los accionistas de la sociedad, esto es, LEONOR MAGDALENA VARELA PALMA, RUT N°7.980.659-5, e “INVERSIONES PAX S.A.”, RUT N°76.172.507-6, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Diego de Almagro N°2.820, departamento N°250, comuna de Providencia, en la que se acordó la fusión por incorporación de “Inversiones Pax S.A.” RUT N°76.172.507-6, en “Inversiones y Producciones Dharma SpA”, disolviéndose la primera de ellas a contar del 13 de diciembre de 2019. A consecuencia de la fusión, se aumenta el capital social de “Inversiones y Producciones Dharma SpA”, de $2.000.000 a $3.000.000, sustituyéndose al efecto el Artículo Cuarto Permanente y el Artículo Segundo Transitorio del pacto social, relativos al capital, siendo este su extracto: CAPITAL: $3.000.000 dividido en 1.500 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, capital íntegramente suscrito y pagado por los accionistas, parte en dinero efectivo y la parte restante mediante el aumento de capital realizado producto de la citada fusión. En lo no modificado permanecen vigentes estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de julio de 2020.