MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES ORTEGA LIMITADA

RUT 76395752-7 CVE 1786306
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de junio de 2020
Notaría
Colina con asiento en Lampa

Instrumento

Fecha
15 de junio de 2020
Repertorio
399-2020
Notario
GILDA ELIZABETH MIRANDA CÓRDOVA
Oficio
Segunda Notaría de Colina con asiento en Lampa
Comuna
Colina con asiento en Lampa

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TRANSPORTE MARIO ORTEGA DIAZ LIMITADA socio 76395752-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GILDA ELIZABETH MIRANDA CÓRDOVA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Colina con asiento en Lampa, con oficio en calle Baquedano 853-A local 18, Comuna de Lampa, certifico: Que por escritura pública de 15 de JUNIO de 2020, repertorio N° 399-2020, ante mí, don MARIO IGNACIO ORTEGA DIAZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero en ejecución, cédula de Identidad N° 15.780.948-2, domiciliado en Calle Algarrobo N° 160, Batuco, Comuna de Lampa, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana y don MARIO ALEJANDRO ORTEGA FERNANDEZ, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad N° 6.943.006-6, domiciliado en Calle Algarrobo N° 160, Batuco, Comuna de Lampa, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana, viene en modificar de Transformación de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES ORTEGA LIMITADA” R.U.T.: Nº 76.395.752-7, escritura otorgada en esta misma Notaria bajo el repertorio Número 878-2016, inscrita a fojas 99.062, Nº 54.800 del año 2016, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Así vienen en modificar la escritura “TRANSPORTE MARIO ORTEGA DIAZ LIMITADA, R.U.T.: 76.395.752-7, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 129, Nº 88 de fecha 28 de diciembre del año 2017, la que en su articulo tercero señalaba: ARTICULO TERCERO: la duración de la sociedad será un año, a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogables por periodos iguales de un año, si no se le pone fin, cumpliendo las estipulaciones señaladas en la ley, Debiendo decir: La duración de la sociedad será INDEFINIDA.- El capitaL de la sociedad es la suma de $10.000.000. Lampa 14 de Julio de 2020.