SOCIEDAD COMERCIAL SOLAR Y CASTILLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2020
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- 4° Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $720.000 CLP
Objeto social
El objeto será: a) Creación de plataforma digital con el fin de que los usuarios puedan acceder a servicios a través de la misma; b) y, en general cualquier otra actividad que los socios acuerden relacionada directa o indirectamente con las anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, abogado, Notario Público Titular 4° Notaria de Los Ángeles, Caupolicán N° 355, certifico: Que por escritura pública Rep. 2343-2020, hoy ante mí, NICOLÁS FRANCISCO SOLAR MUÑOZ, domiciliado en calle Las Quintas número cuatrocientos once, departamento número B doscientos seis, comuna de Los Ángeles, región del Biobío; OSCAR EDUARDO CASTILLO ESPINOZA, domiciliado en calle Monte Perdido mil quinientos uno, departamento C doscientos tres, comuna de Los Ángeles, región del Biobío; y MARÍA PÍA SOLAR MUÑOZ, domiciliada en calle Monte Perdido mil quinientos, departamento B cuatrocientos doce, comuna de Los Ángeles, región del Biobío, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada RAZON SOCIAL: "SOCIEDAD COMERCIAL SOLAR Y CASTILLO LIMITADA".- ADMINISTRACION Y USO RAZÓN SOCIAL a socio NICOLÁS FRANCISCO SOLAR MUÑOZ con facultades en escritura extractada.- OBJETO: El objeto será: a) Creación de plataforma digital con el fin de que los usuarios puedan acceder a servicios a través de la misma; b) y, en general cualquier otra actividad que los socios acuerden relacionada directa o indirectamente con las anteriores. CAPITAL SOCIAL.- un millón ochocientos mil pesos, que los socios aportan: NICOLÁS FRANCISCO SOLAR MUÑOZ aporta $720.000 de pesos de los que entera en el acto; OSCAR EDUARDO CASTILLO ESPINOZA aporta $720.000 de pesos, que entera en este acto y MARÍA PÍA SOLAR MUÑOZ, aporta $360.000 de pesos, los que ingresan a la caja social en este acto.- INICIO Y DURACIÓN SOCIEDAD: a contar de fecha de escritura y tendrá una duración indefinida..- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Ángeles, 03 de julio de 2020.-