JOYERÍA Y ORFEBRERÍA SALVO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2012
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $52.000.000 CLP
Administración
En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de socio administrador don FRANCISCO JAVIER SALVO PRIETO, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá en forma exclusiva al socio don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ, con amplias facultades contenidas en pacto social.- DECLARACION DE CAPITAL ENTERADO: Comparecientes declaran que capital a enterar por socio don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ conforme a cláusula Sexto de pacto social, fue efectivamente enterado en tiempo y forma, a completa satisfacción de los socios, encontrándose la totalidad del capital social enterado en las arcas sociales.- En lo no modificado, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social.- Capital social vigente: $52.000.000
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Abogado, NOTARIO PUBLICO TITULAR de la Sexta Notaría de Concepción, con Oficio en calle Colo-Colo Nº304, Concepción, certifico: por escritura pública: 09-JULIO- 2020, REPERTORIO N°2.746/2020, ante mi, don FRANCISCO JAVIER SALVO PRIETO y don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ, ambos domiciliados en San Martín N°655, comuna de Concepción, modificaron sociedad “JOYERÍA Y ORFEBRERÍA SALVO LIMITADA”, nombre de fantasía “JOYERÍA Y ORFEBRERÍA SALVO LTDA.”, constituida por escritura pública de 10 de agosto de 2012 otorgada en Notaría Miranda de Concepción, extracto inscrito a fojas 1970 número 1815 Registro de Comercio de Concepción año 2012 y publicado en Diario Oficial de 16 de agosto de 2021. Modificaciones consisten: VENTA DE DERECHOS: Don FRANCISCO JAVIER SALVO PRIETO vende, cede y transfiere a don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ, quien compra y adquiere para sí, el 94,44% de su haber personal que corresponde al 85% del total del haber social. Precio de cesión $20.000.000.- que cesionario paga y ha pagado en dinero efectivo, a entera satisfacción de cedente. Participación en haber social queda, 95% don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ y 5% don FRANCISCO JAVIER SALVO PRIETO.- REPARTO DE UTILIDADES Y PÉRDIDAS: A contar de este instrumento se hará en partes iguales, correspondiendo a cada socio el 50% de ellas. En caso de fallecimiento de socio don FRANCISCO JAVIER SALVO PRIETO, reparto entre sus herederos y socio sobreviviente se hará en proporción a su participación en haber social. En caso de fallecimiento de socio don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ, reparto será 10% para sus herederos y 90% para socio sobreviviente.- ADMINISTRACION: En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de socio administrador don FRANCISCO JAVIER SALVO PRIETO, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá en forma exclusiva al socio don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ, con amplias facultades contenidas en pacto social.- DECLARACION DE CAPITAL ENTERADO: Comparecientes declaran que capital a enterar por socio don JORGE ANDRÉS SALVO MARTÍNEZ conforme a cláusula Sexto de pacto social, fue efectivamente enterado en tiempo y forma, a completa satisfacción de los socios, encontrándose la totalidad del capital social enterado en las arcas sociales.- En lo no modificado, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social.- Capital social vigente: $52.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 14 - de JULIO de 2020.- lmd./