COMERCIAL ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2009
- Repertorio
- 1045/2009
- Notario
- JORGE GILLET BEBIN
- Domicilio
- Parral
- Comuna
- Parral
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a doña ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO; la que a nombre y en representación de la empresa se hallará investida del más amplio poder de administración y disposición, y anteponiendo a la razón social a su firma, podrá obligarla y representarla en todos los asuntos, juicios y negocios de cualquier naturaleza y ante cualquier persona o autoridad, corporación ya sea civil, judicial o administrativa; facultándosele para que en el desempeño del cometido de administrar y explotar los negocios sociales de manera autónoma e independiente, practique cuantas actuaciones y diligencias sean necesarias, y sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa, sino meramente ejemplar; con las facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada.- En lo no modificado se mantiene vigente pacto primitivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE GILLET BEBIN, Notario Público Parral, A. Pinto 715, local 103, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, señora ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO, CNI. Nº 12.095.709-0, comerciante, domiciliado en Aníbal Pinto Nº 420-b de la ciudad y comuna de Parral, modificó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, conforme Ley 19.857, bajo el nombre de “COMERCIAL ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO E.I.R.L.” con nombre de fantasía “COMERCIAL ELYVI E.I.R.L.”; R.U.T. Nº 76.062.576-0, constituida por escritura pública de fecha 12-06-2009, Repertorio N° 1045/2009, otorgada en la Notaria de Parral; e inscrita a Fojas 88, Nº 56, Registro Comercio Conservador Comercio Parral, año 2009, publicado Diario Oficial fecha 26-06-2009. El capital social primitivo de la empresa fue la suma de $1.000.000.- RUT N° 76.062.576-0.- La única socia y titular, de la empresa, era la compareciente doña ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO. En la escritura de constitución de la empresa, se estableció en su cláusula QUINTA, que la administración, representación y el uso de la empresa y del nombre de fantasía correspondería a doña ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO.- En los siguientes términos: Por el presente instrumento, la compareciente, viene en Modificar la mencionada cláusula quinta del estatuto social, relativo a la administración y uso de la razón social, especificando que la administración de la sociedad se mantiene en doña ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO, pero se amplían sus facultades, eliminando toda limitación, detentando las amplias facultades de administración, disposición y representación, y sustituyéndolo por el siguiente: “QUINTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y uso de la razón social corresponderá a doña ELIZABETH DE LOURDES GUAJARDO GAJARDO; la que a nombre y en representación de la empresa se hallará investida del más amplio poder de administración y disposición, y anteponiendo a la razón social a su firma, podrá obligarla y representarla en todos los asuntos, juicios y negocios de cualquier naturaleza y ante cualquier persona o autoridad, corporación ya sea civil, judicial o administrativa; facultándosele para que en el desempeño del cometido de administrar y explotar los negocios sociales de manera autónoma e independiente, practique cuantas actuaciones y diligencias sean necesarias, y sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa, sino meramente ejemplar; con las facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada.- En lo no modificado se mantiene vigente pacto primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Parral, 13 Julio 2020.-