MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

THE NOT COMPANY SpA

RUT 76226576-1 CVE 1785599
Fecha instrumento
19 de junio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de junio de 2020
Repertorio
6575-2020
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 19 de junio de 2020, bajo repertorio N°6575-2020, ante mí, comparecen: MUCHNIK CRUZ MATÍAS FERNANDO, por sí y en representación de NOTCO DELAWARE, LLC y PICHARA BAKSAI KARIM ELÍAS, en sus calidades de únicos y actuales accionistas de la sociedad THE NOT COMPANY SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas setenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco número cincuenta y un mil seiscientos veinticinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil doce, quienes, entre otras materias, vienen en acordar las siguientes modificaciones a los estatutos de la Sociedad: i) modificar el nombre de fantasía de la sociedad, reemplazándolo por el de NotCo SpA y modificando en consecuencia el Artículo Primero de los estatutos sociales; ii) modificar el objeto social, de forma tal de incluir dentro del mismo actividades de elaboración, diseño, manufacturación, distribución, comercialización y venta de todo tipo de prendas de vestir, accesorios, artículos o insumos de papelería y escritorio, decoración y afines, reemplazando el Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo, fabricación y elaboración de productos alimenticios arti?ciales, naturales y/u orgánicos, suplementos alimenticios, bebidas y cualquier derivado de los mismos; b) La investigación y desarrollo de fórmulas de productos alimenticios artificiales, naturales y/u orgánicos, suplementos alimenticios, bebidas y cualquier derivado de los mismos, susceptibles de venta, licencia y/o distribución; c) El desarrollo, venta o licencia de software o aplicaciones /apps/ relacionados o no a la industria alimenticia y a la creación de productos alimenticios artificiales, naturales y/u orgánicos, suplementos alimenticios, bebidas y cualquier derivado de los mismos; d) La prestación de asesorías, consultorías, servicios, seminarios y clases educativas en relación a la industria alimenticia, la composición de alimentos, y el desarrollo del mercado alimenticio; e) La elaboración, diseño, manufacturación, comercialización y venta de todo tipo de prendas de vestir, accesorios, artículos o insumos de papelería y escritorio, decoración y afines, y en general cualquier actividad que se derive y relacione con cualquiera de las anteriores, tanto en Chile como en el extranjero.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, a 07 de Julio de 2020.